Re: Títulos Públicos
Publicado: Mar Abr 25, 2017 2:09 pm
NDG21 hoy ya cotiza ex-cupón.
Tipo de cambio aplicable para el pago $15,70.
Tipo de cambio aplicable para el pago $15,70.
Cristian5432 escribió:Cambio el limite a este año. Si cobraste en 2016 menos de 500k brutos no estas obligado a ddjj informativa.
En cuanto a BP lo que determina que estes obligado es el cumplimiento de gravabilidad. Es decir, solo estas obligado en caso de poseer bienes GRAVADOS arriba de 800.000. A los efectos de esa determonacion no interesan los bienes exentos
green arrow escribió:Cambio el limite a 500000 brutos?o sea que si cobraste menos no declaras ganancias ni BP?La duda era los bienes "gravados" entendia que no significan no exentos, o sea que si tus bienes que entran al impuesto superan ese monto los tenes que declarar pero al mismo tiempo si son bienes exentos no pagas.O sea yo entiendo que los bienes pueden ser exentos y gravados al mismo tiempo.Ponele que sueperas los 800 en acciones los tenes que declarar pero al mismo tiempo estan exentos y te generan 0 saldo para el impuesto.Estoy equivocado?gracias por responder cristian.
Mike22 escribió:Varios puntos:
1) Se agradece el tenor de los comentarios que tomó el foro estos últimos días, realmente hay gente que sabe y sabe exponerlo. Un lujo.
2) Lei a varios, como rivas, que estaban saliendo de largos y pasandose a cortos y medios pero varios provinciales. No creen que se les debería exigir una sobretasa mas alta a las provincias? Hoy literalmente santa cruz está diciendo que no hay empresas privadas, asi que no puede despedir gente... estan tratando de que se vayan a otra provincia... formosa por poner otro ejemplo es inviable... y los inversores pagan sobre la par sus colocaciones de deuda.
3) La pagina del iamc me trae la durarion del bpld vacía. Alguien la tiene a mano? Como bien comentaban, sólo los PAR y el BPLD están con paridades menores a 100.
Muchas gracias!
Nicklaus escribió:Perfecto y comprendido Rivas
Yo prefiero esas fluctuaciones en los momentos de baja para reinvertir las rentas del Dica
No soy de andar cprando y vendiendo los nominales que tengo en cartera
Y coincido con vos, por el momento no veo riesgo de default
Saludos
AlanT escribió:El AY24 no es bullet. Se asemeja más al AO20 que al DICA/DICY.
Nicklaus escribió:Para mí pasarte de un dica a un 24 es el mismo riesgo. Es Argentina y lo menos riesgoso es un bono que venza en el mismo mandato del que gobierna. Todo el resto es largo plazo.
A diferencia 2001, acá el dólar no es fijo si bien sería Malo un salto importante al menos flota el billete.
Pero lo más importante es que corten déficit en serio del Estado y que bajen costos impositivos a las empresas, no eliminando impuestos y reemplazar por otros como la burrada de querer eliminar imp al cheque y cobrar por deposito en efectivo.
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rivas144 escribió:Es el mismo riesgo de emisor, pero no es el mismo riesgo de duración, el Bonar 24 es mucho menos sensible ante movimientos de mercado que un DICA. Yo por el momento no veo que estemos yendo a una cesación de pagos ni mucho menos, pero por condiciones de mercado prefiero proteger el capital y las ganancias de las carteras en bonos de corto y mediana duración, y mientras tanto devengar tasa relativamente alta (tengo TIRes entre 6% y 7%).
rivas144 escribió:
Es el mismo riesgo de emisor, pero no es el mismo riesgo de duración, el Bonar 24 es mucho menos sensible ante movimientos de mercado que un DICA. Yo por el momento no veo que estemos yendo a una cesación de pagos ni mucho menos, pero por condiciones de mercado prefiero proteger el capital y las ganancias de las carteras en bonos de corto y mediana duración, y mientras tanto devengar tasa relativamente alta (tengo TIRes entre 6% y 7%).
Nicklaus escribió:Para mí pasarte de un dica a un 24 es el mismo riesgo. Es Argentina y lo menos riesgoso es un bono que venza en el mismo mandato del que gobierna. Todo el resto es largo plazo.
Mike22 escribió:2) Lei a varios, como rivas, que estaban saliendo de largos y pasandose a cortos y medios pero varios provinciales. No creen que se les debería exigir una sobretasa mas alta a las provincias? Hoy literalmente santa cruz está diciendo que no hay empresas privadas, asi que no puede despedir gente... estan tratando de que se vayan a otra provincia... formosa por poner otro ejemplo es inviable... y los inversores pagan sobre la par sus colocaciones de deuda.
Cristian5432 escribió:No comprendi bien tu pregunta.
Si tenes ingresos de cuarta categoria debes presentar DDJJ informativa de ganancias y bienes, en la medida que hayas tenido sueldos brutos anuales mayores a $500.000 durante 2016.
Si tenes otro tipo de ingresos debes inscribirte y presentar DDJJ determinativa en la medida que cumplas condiciones de gravabilidad, es decir, que hayas tenido ganancias gravadas (impuesto a las ganancias) o poseas al 31/12/16 bienes gravados en BP por un monto total superior a los $800.000
Mike22 escribió:Varios puntos:
1) Se agradece el tenor de los comentarios que tomó el foro estos últimos días, realmente hay gente que sabe y sabe exponerlo. Un lujo.
2) Lei a varios, como rivas, que estaban saliendo de largos y pasandose a cortos y medios pero varios provinciales. No creen que se les debería exigir una sobretasa mas alta a las provincias? Hoy literalmente santa cruz está diciendo que no hay empresas privadas, asi que no puede despedir gente... estan tratando de que se vayan a otra provincia... formosa por poner otro ejemplo es inviable... y los inversores pagan sobre la par sus colocaciones de deuda.
3) La pagina del iamc me trae la durarion del bpld vacía. Alguien la tiene a mano? Como bien comentaban, sólo los PAR y el BPLD están con paridades menores a 100.
Muchas gracias!