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Re: Títulos Públicos

Publicado: Mar Jul 18, 2017 8:53 pm
por Moratoria
Tranquilos... Sólo se reglamentó una normativa q ya estaba vigente...

Estos muchachos PRO tienen un gran problema de comunicación... Falta de muñeca política?
O es una estrategia extremadamente inteligente q escapa a nuestra limitada comprensión? :116:

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mar Jul 18, 2017 8:16 pm
por cirote
Es a la renta de los no residentes. Si te vas a Uruguay vas a comenzar a pagar

Enviado desde mi Redmi Note 4 mediante Tapatalk

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mar Jul 18, 2017 7:46 pm
por nigrovader
cuat escribió:Reglamentaron las retenciones a no residentes... retroactiva a 2013, a partir de mañana ya tienen que retener. Para residentes argentos tienen que modificar la ley, pero es una señal más de lo que viene.

Señores estoy muy triste :( :|

Yo la verdad tenía un sueño , poder vivir de rentas de bonos, y especulando y arbitrando obtener buenas ganancias, los últimos dos años lo estuve intentando y mal no me fue, pero tomando en cuenta esto me doy cuenta que vamos a que nos quieran cobrar una renta financiera del 15% (aunque con la reforma que piensan hacer el año que viene tal vez lo suban al 35%)

Osea que ahora habrá menos operaciones porque los extranjeros no querrán invertir en nuestros mercados y tendremos que repartirnos entre nosotros. Es obvio que cuando implementen esto (los impuestos a los residentes) habrá que retener algo de los pagos de los cupones y algo de la compra venta de títulos públicos. El hecho de que retengan por la compra venta de títulos públicos será un castigo terrible para el mercado, ya se sintió en acciones y mañana seguro en bonos.

Y se sentirá mucho peor cuando empiecen a retener a residentes. Hasta ayer pensaba que el aplique de impuestos sobre nuestra forma de vida estaba lejos y que casi nunca se lograría. Pero hoy se rompió ese sueño y realmente no se que hacer... :| :|

Salvo irme a vivar a Uruguay y empezar a operar desde ahí pues como seria extranjero residente estaría exento. Pero eso significa dejar hermanos, amigos y no se si quiero pagar ese costo.

En fín quería desahogarme con ustedes.

Por cierto, hasta ayer estaba muy PRO, pero viendo para donde apunta la cosa me acabo de convertir en indeciso (seguro que a Massa no lo voto).

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mar Jul 18, 2017 7:16 pm
por mateamargo
Coincido.
ralliv escribió:Hoy no renové. Esta etapa es para estar dolarizado. Quede 70/30


Re: Títulos Públicos

Publicado: Mar Jul 18, 2017 6:44 pm
por garralaucha
:respeto: :respeto:
gina escribió:Siempre al reves del mundo, en Usa no pagan los extranjeros, acà si...jaja.


Re: Títulos Públicos

Publicado: Mar Jul 18, 2017 5:24 pm
por Hache1980
Muchas gracias RIVAS144 y DIEGOYSALIR.

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mar Jul 18, 2017 5:17 pm
por gina
mec123 escribió:Alguien me explica que significa esto ???? :?:

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS RESUELVE:

TÍTULO I

COMPRAVENTA, CAMBIO, PERMUTA O DISPOSICIÓN DE ACCIONES, CUOTAS Y PARTICIPACIONES SOCIALES, TÍTULOS, BONOS Y DEMÁS VALORES, REALIZADA POR SUJETOS RESIDENTES EN EL EXTERIOR.

ARTÍCULO 1°.- A efectos de la determinación e ingreso de la retención del impuesto a las ganancias con carácter de pago único y definitivo respecto de las operaciones de compraventa, cambio, permuta o disposición de acciones, cuotas y participaciones sociales -incluidas las cuotas partes de fondos comunes de inversión-, títulos, bonos y demás valores, efectuadas con beneficiarios del exterior, se observarán las disposiciones del presente título
ARTÍCULO 2°.- Cuando el adquirente de las acciones, cuotas y participaciones sociales -incluidas las cuotas partes de fondos comunes de inversión-, títulos, bonos y demás valores, sea un sujeto residente en el país, deberán actuar como agentes de retención los sujetos que -para cada caso- se indican a continuación:

a) En el caso de operaciones efectuadas a través de bolsas o mercados de valores autorizados por la Comisión Nacional de Valores: El agente de liquidación y compensación que intervenga en la operación encomendada por el sujeto residente en el exterior vendedor de dichos títulos.
b) De tratarse de operaciones que no se realicen a través de las citadas bolsas o mercados: El adquirente de los aludidos títulos valores.
En el supuesto que el adquirente de los referidos bienes sea un sujeto residente en el exterior, el ingreso del impuesto estará a su cargo.

ARTÍCULO 3°.- El importe a retener o a ingresar se determinará aplicando la alícuota del QUINCE POR CIENTO (15%) sobre el NOVENTA POR CIENTO (90%) de las sumas pagadas por la adquisición de los títulos valores o, en su caso, sobre la ganancia neta determinada conforme lo previsto en el segundo párrafo del Artículo 93 de la ley del gravamen.


Siempre al reves del mundo, en Usa no pagan los extranjeros, acà si...jaja.

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mar Jul 18, 2017 5:15 pm
por ralliv
Hoy no renové. Esta etapa es para estar dolarizado. Quede 70/30

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mar Jul 18, 2017 4:49 pm
por DiegoYSalir
Hache1980 escribió:El PUO19 vence este viernes 21/07, pero hoy amaneció con una cotización de $75 abajo, ya devengó el cupón?

si

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mar Jul 18, 2017 4:47 pm
por rivas144
Hache1980 escribió:El PUO19 vence este viernes 21/07, pero hoy amaneció con una cotización de $75 abajo, ya devengó el cupón?

Ayer fue el último día para comprar a 72hs para comprar con cupón, hoy ya cotiza ex-cupón.

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mar Jul 18, 2017 4:43 pm
por Hache1980
El PUO19 vence este viernes 21/07, pero hoy amaneció con una cotización de $75 abajo, ya devengó el cupón?

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mar Jul 18, 2017 4:33 pm
por cuat
Valor escribió:532 mil millones de pesos son 28.000 millones de dolares
se las puede pasar a dolar y rescatarlas con un bono a 10 años minimo
pero a esta tasa del 27% cuando se vayan son el doble en pesos
no se le ocurre nada a ese pelado

¿De verdad proponés un default/canje del BCRA? :pared:

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mar Jul 18, 2017 4:31 pm
por mec123
Alguien me explica que significa esto ???? :?:

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS RESUELVE:

TÍTULO I

COMPRAVENTA, CAMBIO, PERMUTA O DISPOSICIÓN DE ACCIONES, CUOTAS Y PARTICIPACIONES SOCIALES, TÍTULOS, BONOS Y DEMÁS VALORES, REALIZADA POR SUJETOS RESIDENTES EN EL EXTERIOR.

ARTÍCULO 1°.- A efectos de la determinación e ingreso de la retención del impuesto a las ganancias con carácter de pago único y definitivo respecto de las operaciones de compraventa, cambio, permuta o disposición de acciones, cuotas y participaciones sociales -incluidas las cuotas partes de fondos comunes de inversión-, títulos, bonos y demás valores, efectuadas con beneficiarios del exterior, se observarán las disposiciones del presente título.

ARTÍCULO 2°.- Cuando el adquirente de las acciones, cuotas y participaciones sociales -incluidas las cuotas partes de fondos comunes de inversión-, títulos, bonos y demás valores, sea un sujeto residente en el país, deberán actuar como agentes de retención los sujetos que -para cada caso- se indican a continuación:

a) En el caso de operaciones efectuadas a través de bolsas o mercados de valores autorizados por la Comisión Nacional de Valores: El agente de liquidación y compensación que intervenga en la operación encomendada por el sujeto residente en el exterior vendedor de dichos títulos.
b) De tratarse de operaciones que no se realicen a través de las citadas bolsas o mercados: El adquirente de los aludidos títulos valores.
En el supuesto que el adquirente de los referidos bienes sea un sujeto residente en el exterior, el ingreso del impuesto estará a su cargo.

ARTÍCULO 3°.- El importe a retener o a ingresar se determinará aplicando la alícuota del QUINCE POR CIENTO (15%) sobre el NOVENTA POR CIENTO (90%) de las sumas pagadas por la adquisición de los títulos valores o, en su caso, sobre la ganancia neta determinada conforme lo previsto en el segundo párrafo del Artículo 93 de la ley del gravamen.

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mar Jul 18, 2017 4:31 pm
por cuat
nigrovader escribió:Osea que ya estan aplicando impuestos a la renta financiera?

Reglamentaron las retenciones a no residentes... retroactiva a 2013, a partir de mañana ya tienen que retener. Para residentes argentos tienen que modificar la ley, pero es una señal más de lo que viene.

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mar Jul 18, 2017 4:20 pm
por nigrovader
cuat escribió:Mirá esta...

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS RESUELVE:

TÍTULO I

COMPRAVENTA, CAMBIO, PERMUTA O DISPOSICIÓN DE ACCIONES, CUOTAS Y PARTICIPACIONES SOCIALES, TÍTULOS, BONOS Y DEMÁS VALORES, REALIZADA POR SUJETOS RESIDENTES EN EL EXTERIOR.

ARTÍCULO 1°.- A efectos de la determinación e ingreso de la retención del impuesto a las ganancias con carácter de pago único y definitivo respecto de las operaciones de compraventa, cambio, permuta o disposición de acciones, cuotas y participaciones sociales -incluidas las cuotas partes de fondos comunes de inversión-, títulos, bonos y demás valores, efectuadas con beneficiarios del exterior, se observarán las disposiciones del presente título.

ARTÍCULO 2°.- Cuando el adquirente de las acciones, cuotas y participaciones sociales -incluidas las cuotas partes de fondos comunes de inversión-, títulos, bonos y demás valores, sea un sujeto residente en el país, deberán actuar como agentes de retención los sujetos que -para cada caso- se indican a continuación:

a) En el caso de operaciones efectuadas a través de bolsas o mercados de valores autorizados por la Comisión Nacional de Valores: El agente de liquidación y compensación que intervenga en la operación encomendada por el sujeto residente en el exterior vendedor de dichos títulos.
b) De tratarse de operaciones que no se realicen a través de las citadas bolsas o mercados: El adquirente de los aludidos títulos valores.
En el supuesto que el adquirente de los referidos bienes sea un sujeto residente en el exterior, el ingreso del impuesto estará a su cargo.

ARTÍCULO 3°.- El importe a retener o a ingresar se determinará aplicando la alícuota del QUINCE POR CIENTO (15%) sobre el NOVENTA POR CIENTO (90%) de las sumas pagadas por la adquisición de los títulos valores o, en su caso, sobre la ganancia neta determinada conforme lo previsto en el segundo párrafo del Artículo 93 de la ley del gravamen.


https://www.boletinoficial.gob.ar/#!Det ... 8/20170718

Osea que ya estan aplicando impuestos a la renta financiera?