Alguien me explica que significa esto ????
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS RESUELVE:
TÍTULO I
COMPRAVENTA, CAMBIO, PERMUTA O DISPOSICIÓN DE ACCIONES, CUOTAS Y PARTICIPACIONES SOCIALES, TÍTULOS, BONOS Y DEMÁS VALORES, REALIZADA POR SUJETOS RESIDENTES EN EL EXTERIOR.
ARTÍCULO 1°.- A efectos de la determinación e ingreso de la retención del impuesto a las ganancias con carácter de pago único y definitivo respecto de las operaciones de compraventa, cambio, permuta o disposición de acciones, cuotas y participaciones sociales -incluidas las cuotas partes de fondos comunes de inversión-, títulos, bonos y demás valores, efectuadas con beneficiarios del exterior, se observarán las disposiciones del presente título.
ARTÍCULO 2°.- Cuando el adquirente de las acciones, cuotas y participaciones sociales -incluidas las cuotas partes de fondos comunes de inversión-, títulos, bonos y demás valores, sea un sujeto residente en el país, deberán actuar como agentes de retención los sujetos que -para cada caso- se indican a continuación:
a) En el caso de operaciones efectuadas a través de bolsas o mercados de valores autorizados por la Comisión Nacional de Valores: El agente de liquidación y compensación que intervenga en la operación encomendada por el sujeto residente en el exterior vendedor de dichos títulos.
b) De tratarse de operaciones que no se realicen a través de las citadas bolsas o mercados: El adquirente de los aludidos títulos valores.
En el supuesto que el adquirente de los referidos bienes sea un sujeto residente en el exterior, el ingreso del impuesto estará a su cargo.
ARTÍCULO 3°.- El importe a retener o a ingresar se determinará aplicando la alícuota del QUINCE POR CIENTO (15%) sobre el NOVENTA POR CIENTO (90%) de las sumas pagadas por la adquisición de los títulos valores o, en su caso, sobre la ganancia neta determinada conforme lo previsto en el segundo párrafo del Artículo 93 de la ley del gravamen.