Títulos Públicos

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DarGomJUNIN
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor DarGomJUNIN » Mar Jul 18, 2017 12:47 am

kerosene escribió:Perdon mi ignorancia, pero todo lo emite el Banco Provincia de Bs As?? Si no es asi habria muchisimo que si seria gravado..... ¿?

Todo lo que emita el Banco Provincia Buenos Aires, está exento SIEMPRE de todo impuesto NACIONAL,
las emisiones de la Provincia de Buenos Aires, no pagarán mientras exista "Ganancias art. 20 inciso w".

floripa
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor floripa » Lun Jul 17, 2017 10:39 pm

Darío, es verdad pero no lo dice la Constitución, es un pacto preexistente.

Por otro lado esta bien gravar la renta financiera de las personas fisicas (porque las empresas que es el 90%) ya esta gravado cosa que nadie dice.

Pero antes debieran bajar el IVA a la mitad y por otro lado cobrar esa renta al momento de la venta del activo o cobro de intereses en el caso de bonos, para facilitarle la operatoria a los contrinuyentes y no exigir declaraciones juradas demenciales. Sino sera un sistema de locos, uno mas de este pais, lo que afectara para peor a la economia.

No creo que graven la renta financiera de modo simple y que baje el IVA a la mitad, si creo que dependiendo el resultado de las elecciones se vienen mas impuestos. La voracidad fiscal es brutal. No baja nunca el gasto politico que es el origen del deficit fiscal.

Despues vemos a los politicos que trabajan para nosotros ganando fortunas y para peor dicen que esta bien!!!!!!!!!!!!!!!! Y peor aun, hay gente que lo avala!!!!!!! No son politicos para hacerse millonarios, nadie los obliga! Son politicos para mejorar la calidad de vida de la gente en teoria!!!!!!!

segi
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor segi » Lun Jul 17, 2017 9:04 pm

pistacho escribió:hasta después de las elecciones les parece un resguardo pasar accione a las lebacs?

:bebe:

No. Más seguras serian las LETES.

kerosene
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor kerosene » Lun Jul 17, 2017 8:10 pm

DarGomJUNIN escribió:Es ridículo hablar de un impuesto de AFIP a la renta financiera,
porque todo lo que emita el Banco Provincia de Buenos Aires,
está exento por la Constitución Nacional en virtud del "Pacto
de San José de Flores". Los políticos son todos ignorantes.
:D

Perdon mi ignorancia, pero todo lo emite el Banco Provincia de Bs As?? Si no es asi habria muchisimo que si seria gravado..... ¿?

kerosene
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor kerosene » Lun Jul 17, 2017 8:07 pm

Cohelet8 escribió:Igualmente, quisiera comentar que la "renta financiera" de hecho está gravada. Lo único que está exento son los plazos fijos, la compra-venta de bonos y acciones, y el pago de cupones, y dividendos (los dividendos porque sería doble imposición, ya que son ganancias que ya pagó la sociedad) para personas físicas. Las personas jurídicas pagan todo, hasta los PF's.
Es decir, si estructurás una cartera a través de una SRL hoy pagás hasta los plazos fijos que tengas.
Y no entiendo, con la necesidad de financiamiento del Estado cómo van a ocúrrirsele hacer tal cosa como quitar esas exenciones....en fin.

Si MM le cobra a las personas fisicas olvidate de desarrollar el mercado de capitales. Ah! En Santa Fe los plazos fijos pagan un... ¿sellado? del 0,1% asi que los cag.. desde arriba de un pino (alto el pino para que caiga con mas fuerza :) )

Eduardo69
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor Eduardo69 » Lun Jul 17, 2017 3:51 pm

oswald escribió:Que se dice que si cristina entra el dolar se dispara?

No, no... desaparecerían.... :mrgreen: choreo a full

cuat
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor cuat » Lun Jul 17, 2017 2:58 pm

cuat escribió:Igual tiene chances de zafar porque en USA la esposa no paga impuesto a la herencia por lo que hereda del esposo.

Rectifico, solo es válido para matrimonios donde ambos son yankies.

cuat
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor cuat » Lun Jul 17, 2017 2:56 pm

freddiebipo escribió:Ella tiene una cuenta a su nombre y de su esposo. Este último murió. Ellos llenaban el w8 cada 3 años para evitar pagar ganancias por compra-venta. Así solo pagaban el 30% de divi. Cuando el muere (y sin tener que renovar el w8, que estaba aun vigente) ella creyendo que no habría problemas, decide pedir una venta de pelpas y una transferencia del producido (unas 300 lucas) a otro lugar. El broker (casa de brokerage de un banco de 3 letras en usa) procedió a la venta con su sola instrucción. Pero cuando quiso transferir le pidió ambas firmas. Allí comentó lo ocurrido y la casa de brokerage le informó que estaba obligada a informar a IRS. El resto ya sabemos.
Tal vez debió drenar de a poco, en transferencias de montos hasta el tope donde lo podía hacer a sola firma. Pero ella no lo sabía (lo del estate). Y además no se si son tan b.....como para dejarla drenar hasta extinción a sola firma y sin la menor solicitud de algún ok/gancho al cotitular.

Hizo un wire transfer de la cuenta conjunta... con un ACH tenés un límite de 250.000 x día pero no hace falta las dos firmas, solo necesitaba una cuenta bancaria en USA a su nombre. Una pena, porque si sabía bien cómo era la cosa podía optar por zafar.

Igual tiene chances de zafar porque en USA la esposa no paga impuesto a la herencia por lo que hereda del esposo.

marco_88123
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor marco_88123 » Lun Jul 17, 2017 2:42 pm

DarGomJUNIN escribió:Impuesto a las Ganancias artículo 20 inciso w) Los resultados provenientes de operaciones de compraventa, cambio, permuta, o disposición de acciones, cuotas y participaciones sociales, títulos, bonos y demás valores, obtenidos por personas físicas residentes y sucesiones indivisas radicadas en el país, en tanto no resulten comprendidas en las previsiones del inciso c) del artículo 49, excluidos los originados en las citadas operaciones, que tengan por objeto acciones, cuotas y participaciones sociales, títulos, bonos y demás valores, que no coticen en bolsas o mercados de valores y/o que no tengan autorización de oferta pública.

Art. 49 - Constituyen ganancias de la tercera categoría: Inciso c) Las derivadas de la actividad de comisionista, rematador, consignatario y demás auxiliares de comercio no incluidos expresamente en la cuarta categoría.

tenía super instalado que era para ambas dos. siempre se aprende algo :)

gracias Darío!

pistacho
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor pistacho » Lun Jul 17, 2017 2:13 pm

hasta después de las elecciones les parece un resguardo pasar accione a las lebacs?

:bebe:

DarGomJUNIN
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor DarGomJUNIN » Lun Jul 17, 2017 12:38 pm

marco_88123 escribió:perdón, estamos hablando de títulos públicos? Tenía entendido que estos estaban exentos en todos los casos, tanto personas fisicas como juridicas...

Impuesto a las Ganancias artículo 20 inciso w) Los resultados provenientes de operaciones de compraventa, cambio, permuta, o disposición de acciones, cuotas y participaciones sociales, títulos, bonos y demás valores, obtenidos por personas físicas residentes y sucesiones indivisas radicadas en el país, en tanto no resulten comprendidas en las previsiones del inciso c) del artículo 49, excluidos los originados en las citadas operaciones, que tengan por objeto acciones, cuotas y participaciones sociales, títulos, bonos y demás valores, que no coticen en bolsas o mercados de valores y/o que no tengan autorización de oferta pública.

Art. 49 - Constituyen ganancias de la tercera categoría: Inciso c) Las derivadas de la actividad de comisionista, rematador, consignatario y demás auxiliares de comercio no incluidos expresamente en la cuarta categoría.

marco_88123
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor marco_88123 » Lun Jul 17, 2017 12:20 pm

cuat escribió:Pero las personas jurídicas ya pagan ganancias... cuánto mueven el amperímetro las personas físicas? No creo que esto mueva la tasa.

perdón, estamos hablando de títulos públicos? Tenía entendido que estos estaban exentos en todos los casos, tanto personas fisicas como juridicas...

guilleg
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor guilleg » Lun Jul 17, 2017 11:51 am

freddiebipo escribió:Ella tiene una cuenta a su nombre y de su esposo. Este último murió. Ellos llenaban el w8 cada 3 años para evitar pagar ganancias por compra-venta. Así solo pagaban el 30% de divi. Cuando el muere (y sin tener que renovar el w8, que estaba aun vigente) ella creyendo que no habría problemas, decide pedir una venta de pelpas y una transferencia del producido (unas 300 lucas) a otro lugar. El broker (casa de brokerage de un banco de 3 letras en usa) procedió a la venta con su sola instrucción. Pero cuando quiso transferir le pidió ambas firmas. Allí comentó lo ocurrido y la casa de brokerage le informó que estaba obligada a informar a IRS. El resto ya sabemos.
Tal vez debió drenar de a poco, en transferencias de montos hasta el tope donde lo podía hacer a sola firma. Pero ella no lo sabía (lo del estate). Y además no se si son tan b.....como para dejarla drenar hasta extinción a sola firma y sin la menor solicitud de algún ok/gancho al cotitular.

Tuvo mala suerte, hasta el año pasado tuve una cuenta en USA a nombre de dos personas, la cerré con una sola firma. Es un banco. Y transferí la plata para acá,

freddiebipo
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor freddiebipo » Lun Jul 17, 2017 11:20 am

cuat escribió:¿Y cómo se enteró el broker del fallecimiento? Porque el W8-BEN no es obligatorio, es solo para demostrar que no sos residente. Si no lo presentas suponen que sos residente y te hacen las retenciones que corresponden.

Ella tiene una cuenta a su nombre y de su esposo. Este último murió. Ellos llenaban el w8 cada 3 años para evitar pagar ganancias por compra-venta. Así solo pagaban el 30% de divi. Cuando el muere (y sin tener que renovar el w8, que estaba aun vigente) ella creyendo que no habría problemas, decide pedir una venta de pelpas y una transferencia del producido (unas 300 lucas) a otro lugar. El broker (casa de brokerage de un banco de 3 letras en usa) procedió a la venta con su sola instrucción. Pero cuando quiso transferir le pidió ambas firmas. Allí comentó lo ocurrido y la casa de brokerage le informó que estaba obligada a informar a IRS. El resto ya sabemos.
Tal vez debió drenar de a poco, en transferencias de montos hasta el tope donde lo podía hacer a sola firma. Pero ella no lo sabía (lo del estate). Y además no se si son tan b.....como para dejarla drenar hasta extinción a sola firma y sin la menor solicitud de algún ok/gancho al cotitular.

DarGomJUNIN
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor DarGomJUNIN » Lun Jul 17, 2017 11:09 am

DarGomJUNIN escribió:
Es ridículo hablar de un impuesto de AFIP a la renta financiera,
porque todo lo que emita el Banco Provincia de Buenos Aires,
está exento por la Constitución Nacional en virtud del "Pacto
de San José de Flores". Los políticos son todos muy ignorantes.

Lo inconstitucional es automático, por imperio de la supremacia LEGAL de dicho PACTO.
La intangibilidad de la renta es para todo eventual título emitido por Banco Prov. Bs. As.

Dicha exención tiene su fundamentación en razón que fueron expedidos
bajo las garantías de “exención de todo impuesto creados o a crearse”
según convenio celebrado el 5/12/1905 entre Nación y Provincia Bs.As.

Existe fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, donde
en 2007, se pronunció en igual sentido por su exención del IVA.

Su recaudación sería ínfima, las personas jurídicas ya pagan.
Anoten: Los bancos pagan ganancias sobre el spread de tasas.

-Durante la presidencia de Raúl Alfonsín, debido a las críticas hacia el denominado “Festival de Bonos”,
se decidió gravar las rentas de toda futura emisión de bonos estatales (Nación, Provincias y Municipios).

-La provincia de Buenos Aires había emitido los famosos VAVIS (Títulos Valor Vivienda) Serie I, II y III.
Cuando apareció la "Serie IV" todo el mercado la consideró natural como gravada y le dio un bajo precio.

-Yo recordé en ese momento el legendario Pacto de San José de Flores, que tiene jerarquía constitucional,
por ser donde se acordó la reincorporación de la Provincia de Buenos Aires a la Confederación Nacional.

-Una de sus cláusulas establece la exención especial otorgada al Banco de la Provincia de Buenos Aires,
como primitivo banco emisor nacional, referente a todo impuesto nacional existente y a crearse en el futuro.

-Revisando la publicación, hoy discontinuada, denominada “Derecho Fiscal” encontré un fallo tributario
de la Corte Suprema de la Nación del año 1941, referente a la exención total de una emisión de Cédulas
Hipotecarias del BPBA, pues se discutía su alcance porque en esa época constituía una socidad mixta.

-En la Hemeroteca del Departamento Judicial Junín, encontré una reseña completa del referido fallo.

-Como socio de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, me puse en contacto con un Jefe de Legales,
a quien le expuse las conclusiones a que había arribado. Mi extenso escrito fue derivado de inmediato
como consulta oficial dirigida al Estudio Jurídico BOMCHIL y Asociados, que en ese entonces la asesoraba.
El dictamen fue exacto igual a mi planteo, los VAVIS Serie IV estaban exentos de todo impuesto nacional.

-Cuando transcendió esta información, la Serie IV fuertemente castigada en relación a las anteriores exentas,
tuvo un crecimiento explosivo en su cotización. Mucha gente se acuerda hasta hoy de ese negocio visionario.


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