09ezemarq escribió:
Exacto, generalmente ni siquiera sabés quien es el comitente, en caso de concurso como acreedor común, cobrás recién después de que se paguen (si siquiera les pagan) a empleados, deudas hipotecarias y prendarias, la AFIP, y un largo etcétera... Si alguien entra en concurso es porque a gatas puede pagarles a estos, como acreedor quirografario muchas veces no cobrás un goman, y la ley de concursos y quiebras protege al fallido en este aspecto... Ni siquiera vas a poder reclamar, fijate si vale la pena la tasa ridícula que pagan por el alquiler de los bonos...
Primero, gracias por las respuestas......Como ven si se firma una PRENDA por el doble de lo prestado sobre acciones que tenga el locatario ?