COME Sociedad Comercial del Plata

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CICLON2017
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Re: Lpizzi

Mensajepor CICLON2017 » Mar Dic 27, 2016 10:00 am

eli escribió::respeto:

ASI ES IMPOSITIVAMENTE SE DECLARAN PERO NO SE TOMAN LOS VALORES PARA LA DETERMINACION DEL IMPUESTO

Tornado882
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Re: COME Sociedad Comercial del Plata

Mensajepor Tornado882 » Mar Dic 27, 2016 9:56 am

Cristian5432 escribió: EL IMPUESTO LO LIQUIDA LA SOCIEDAD TORNADO. OJO CON ESTO POR QUE VAN A PAGAR IMPUESTO AL P.EDO

Si perdon tenias razón ahora lo miré bien, me está fallando la memoria :mrgreen:

Tornado882
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Re: Lpizzi

Mensajepor Tornado882 » Mar Dic 27, 2016 9:52 am

Lpizzi escribió:Soy Contador, me resulta extraño que a esta altura de gente que participa hace tanto en la bolsa no sepa que las personas físicas sólo declaran las acciones en Bienes Personales, es declarativo, no entran en la base de cálculo para el pago del impuesto ya que el pago lo hacen las empresas emisoras de dichas acciones y sino habría doble imposición. Si tiene ADR sí entran en la base de cálculo y lo pagan las personas físicas.

:respeto: ahora si gracias por aclarar, si mal no recuerdo se declaran para la presentación de la DDJJ a fecha de cierre 31/12 y para el pago la empresa lo liquida y lo descuenta por ejemplo del pago de dividendos, ahí se aplica el VPP como decía Cristian5432.
En fin para algo están los contadores.

Citizen
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Re: COME Sociedad Comercial del Plata

Mensajepor Citizen » Mar Dic 27, 2016 9:51 am

la palabra ajuste no se si es buena para las perspectivas de esta empresa..hablo de la nueva politica economica 2017 :D

verdolaga
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Re: COME Sociedad Comercial del Plata

Mensajepor verdolaga » Mar Dic 27, 2016 9:47 am

Cristian5432 escribió:Ahi te transcribo el art. 22 inc h) que citaste:

h) Los títulos públicos y demás títulos valores, excepto acciones de sociedades anónimas y en comandita —incluidos los emitidos en moneda extranjera— que se coticen en bolsas y mercados: al último valor de cotización al 31 de diciembre de cada año o último valor de mercado de dicha fecha en el supuesto de cuotas partes de fondos comunes de inversión.

Los que no coticen en bolsa se valuarán por su costo, incrementado de corresponder, en el importe de los intereses, actualizaciones y diferencias de cambio que se hubieran devengado a la fecha indicada.

Cuando se trate de acciones se imputarán al valor patrimonial proporcional que surja del último balance cerrado al 31 de diciembre del ejercicio que se liquida. La reglamentación fijará la forma de computar los aumentos y/o disminuciones de capital que se hubieran producido entre la fecha de cierre de la sociedad emisora y el 31 de diciembre del año respectivo.

EL IMPUESTO LO LIQUIDA LA SOCIEDAD TORNADO. OJO CON ESTO POR QUE VAN A PAGAR IMPUESTO AL P.EDO

Un par de preguntas: cuando se cita el art. 22 inc. h... de qué ley estamos hablando?
La otra: que significa valor patrimonial proporcional? Es el valor libros de la accion?
Gracias.

Cristian5432
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Re: COME Sociedad Comercial del Plata

Mensajepor Cristian5432 » Mar Dic 27, 2016 9:30 am

Tornado882 escribió:Ese es otro caso cuando hay un responsable sustituto, que puede ser de una SI O como por ejemplo cuando la persona física es extranjera tiene bs en el país como xej una participación en una empresa que no cotiza ahí va VPP. En otro caso (el que nos interesa) PF del país entre otros bienes, acc que coticen en bolsa y se valua al último valor de cotización al 31/12.
Art 22 inc h) 8)

Ahi te transcribo el art. 22 inc h) que citaste:

h) Los títulos públicos y demás títulos valores, excepto acciones de sociedades anónimas y en comandita —incluidos los emitidos en moneda extranjera— que se coticen en bolsas y mercados: al último valor de cotización al 31 de diciembre de cada año o último valor de mercado de dicha fecha en el supuesto de cuotas partes de fondos comunes de inversión.

Los que no coticen en bolsa se valuarán por su costo, incrementado de corresponder, en el importe de los intereses, actualizaciones y diferencias de cambio que se hubieran devengado a la fecha indicada.

Cuando se trate de acciones se imputarán al valor patrimonial proporcional que surja del último balance cerrado al 31 de diciembre del ejercicio que se liquida. La reglamentación fijará la forma de computar los aumentos y/o disminuciones de capital que se hubieran producido entre la fecha de cierre de la sociedad emisora y el 31 de diciembre del año respectivo.

EL IMPUESTO LO LIQUIDA LA SOCIEDAD TORNADO. OJO CON ESTO POR QUE VAN A PAGAR IMPUESTO AL P.EDO

eli
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Re: Lpizzi

Mensajepor eli » Mar Dic 27, 2016 9:29 am

Lpizzi escribió:Soy Contador, me resulta extraño que a esta altura de gente que participa hace tanto en la bolsa no sepa que las personas físicas sólo declaran las acciones en Bienes Personales, es declarativo, no entran en la base de cálculo para el pago del impuesto ya que el pago lo hacen las empresas emisoras de dichas acciones y sino habría doble imposición. Si tiene ADR sí entran en la base de cálculo y lo pagan las personas físicas.

:respeto:

Jean Claude
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Re: Lpizzi

Mensajepor Jean Claude » Mar Dic 27, 2016 9:11 am

Lpizzi escribió:Soy Contador, me resulta extraño que a esta altura de gente que participa hace tanto en la bolsa no sepa que las personas físicas sólo declaran las acciones en Bienes Personales, es declarativo, no entran en la base de cálculo para el pago del impuesto ya que el pago lo hacen las empresas emisoras de dichas acciones y sino habría doble imposición. Si tiene ADR sí entran en la base de cálculo y lo pagan las personas físicas.

El pago lo hacen las empresas emisoras de las acciones pero se lo descuentan al accionista cuando pagan dividendos. Muchas empresas no asumen el costo y proponen un dividendo irrisorio para cobrar el impuesto sobre los bienes personales.

La única forma que no te descuenten bs personales es no tener las acciones al 31/12 ni al momento del pago del dividendo

Lpizzi
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Lpizzi

Mensajepor Lpizzi » Mar Dic 27, 2016 2:08 am

Tornado882 escribió:Ese es otro caso cuando hay un responsable sustituto, que puede ser de una SI O como por ejemplo cuando la persona física es extranjera tiene bs en el país como xej una participación en una empresa que no cotiza ahí va VPP. En otro caso (el que nos interesa) PF del país entre otros bienes, acc que coticen en bolsa y se valua al último valor de cotización al 31/12.
Art 22 inc h) 8)

Soy Contador, me resulta extraño que a esta altura de gente que participa hace tanto en la bolsa no sepa que las personas físicas sólo declaran las acciones en Bienes Personales, es declarativo, no entran en la base de cálculo para el pago del impuesto ya que el pago lo hacen las empresas emisoras de dichas acciones y sino habría doble imposición. Si tiene ADR sí entran en la base de cálculo y lo pagan las personas físicas.

Tornado882
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Re: COME Sociedad Comercial del Plata

Mensajepor Tornado882 » Lun Dic 26, 2016 11:44 pm

Cristian5432 escribió:No es asi Tornado. Las personas humanas tributan por la tenencia de acciones (coticen o no) pero liquida la sociedad en caracter de responsable sustituto. (Sin perjuicio del recupero posterior del monto pagado por cuenta del accionista)

La valuacion de la tenencia no es al valor de cotizacion sino al valor patrimonial proporcional.

La sociedad ingresa el impuesto que se determina de aplicar la alicuota del 0,5% sobre su PN al 31/12

Ese es otro caso cuando hay un responsable sustituto, que puede ser de una SI O como por ejemplo cuando la persona física es extranjera tiene bs en el país como xej una participación en una empresa que no cotiza ahí va VPP. En otro caso (el que nos interesa) PF del país entre otros bienes, acc que coticen en bolsa y se valua al último valor de cotización al 31/12.
Art 22 inc h) 8)

el buitre
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Re: COME Sociedad Comercial del Plata

Mensajepor el buitre » Lun Dic 26, 2016 11:22 pm

hermano si no sabes quien paga bienes personales hasta come te queda grande, dedicate a otra cosa

Cristian5432
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Re: COME Sociedad Comercial del Plata

Mensajepor Cristian5432 » Lun Dic 26, 2016 11:15 pm

Tornado882 escribió: Y si se paga por la tenencia de acciones que cotizan en bolsa a valor de cierre cotización al 31/12 de cada año, entre otros bienes, monto imponible desde $305.000.

No es asi Tornado. Las personas humanas tributan por la tenencia de acciones (coticen o no) pero liquida la sociedad en caracter de responsable sustituto. (Sin perjuicio del recupero posterior del monto pagado por cuenta del accionista)

La valuacion de la tenencia no es al valor de cotizacion sino al valor patrimonial proporcional.

La sociedad ingresa el impuesto que se determina de aplicar la alicuota del 0,5% sobre su PN al 31/12

Tornado882
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Re: COME Sociedad Comercial del Plata

Mensajepor Tornado882 » Lun Dic 26, 2016 11:08 pm

floripa escribió:Los accionistas NO PAGAN Bienes Personales por las acciones que poseen. El impuesto cae en cabeza de la sociedad.

floripa escribió:Ni bonos ni acciones pagan Bienes Personales los tenedores de esos instrumentos.

Aclaro por las dudas.

No no primero que nada las sociedades no son sujeto del impuesto, el sujeto son las personas físicas y sucesiones indivisas.

Y si se paga por la tenencia de acciones que cotizan en bolsa a valor de cierre cotización al 31/12 de cada año, entre otros bienes, monto imponible desde $305.000.
Los títulos públicos y depósitos están exentos, por estas entre otras cuestiones la bolsa muere los últimos días de diciembre de cada año.

El Conde
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Re: COME Sociedad Comercial del Plata

Mensajepor El Conde » Lun Dic 26, 2016 10:22 pm

Mi hija me dice: "papi come abajo de 3 es acumulación, siempre después se pone por encima"
Y es verdad, así fue todo el 2016 y así y todo cayó más del 20% que a comienzos del año.
La unica verdad es la realidad:
http://www.cronista.com/contenidos/2016 ... _0004.html

Tomas
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Re: COME Sociedad Comercial del Plata

Mensajepor Tomas » Lun Dic 26, 2016 9:15 pm

or chango salteño » Lun Dic 26, 2016 5:58 pm

SI LA TENENCIA DE YPF NO PAGA BIENES PERSONALES NI GANANCIAS PORQUE LA HICIERON PELOTA HOY???
chango salteño escribió:SI LA TENENCIA DE YPF NO PAGA BIENES PERSONALES NI GANANCIAS PORQUE LA HICIERON PELOTA HOY???

Con todo respeto te lo digo, por la cantidad de mensajes que tenes hace rato que estas en el tema, no se porque cayo, pero no cayo porque paga bienes personales ni ganancia, un saludo


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