Página 7901 de 18404
Re: RE: Re: Títulos Públicos
Publicado: Mié Nov 08, 2017 4:46 pm
por Nicklaus
tavy escribió:
Fijate lo que hasta ahora estaba exento
h) Los intereses originados por los siguientes depósitos efectuados en instituciones sujetas al régimen legal de entidades financieras:
1. Caja de ahorro.
2. Cuentas especiales de ahorro.
3. A plazo fijo.
4. Los depósitos de terceros u otras formas de captación de fondos del público conforme lo determine el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA en virtud de lo que establece la legislación respectiva.
Exclúyense del párrafo anterior los intereses provenientes de depósitos con cláusula de ajuste.
Lo dispuesto precedentemente no obsta la plena vigencia de las leyes especiales que establecen exenciones de igual o mayor alcance.
Y lo que dice para renta de segunda categoría
Art. 45 - En tanto no corresponda incluirlas en el artículo 49 de esta ley, constituyen ganancias de la segunda categoría:
a) La renta de títulos, cédulas, bonos, letras de tesorería, debentures, cauciones o créditos en dinero o valores privilegiados o quirografarios, consten o no en escritura pública, y toda suma que sea el producto de la colocación del capital, cualquiera sea su denominación o forma de pago.
Para mi, ahora caución y la genialidad propuesta van en la misma bolsa como renta de segunda.
La caucho colocada ya es renta de segunda y está gravada
Los depósitos a término de entidades financieras reguladas por el bcra son los exentos hoy.
La caucho no pertenece a ese ámbito
Si fuera por eso que te dijo el tributarista, el depósito en cualquier cueva tbn está exento del impuesto...
Enviado desde mi BLU STUDIO X MINI mediante Tapatalk
Re: Títulos Públicos
Publicado: Mié Nov 08, 2017 4:42 pm
por guilleg
El resultado de esa formula sería negativo para los bonos que cotizan sobre la par, no hay caja de pandora. Estamos hablando de que todos los terminos estan en dolares, por supuesto. Se pagaría solo sobre los cupones de renta.
Re: RE: Re: Títulos Públicos
Publicado: Mié Nov 08, 2017 4:35 pm
por Nicklaus
guilleg escribió:
No es tan lineal el impuesto a la capitalizacion, monto de venta menos costo de compra. Y si hay amortizaciones en el medio ?
Se me ocurre, por lógica debería ser una fórmula anual:
Valor al cierre del año - valor al inicio del año - compras - amortizaciones + ventas = monto sujeto a impuesto
Algo parecido a lo que se hace en la contabilidad de las personas juridicas.
Aclaro que no lo leí en ningún lado, puede pasar cualquier cosa.
Va en contra del criterio percibo renta de segunda persona humana de la ley
Entra resultado por tenencia y eso afecta a toda renta de esa categoría y abrís la caja de Pandora
La ganancia por resultado de venta de bonos del exterior se realiza al momento de vender (percibido), se calcula su costo adquisición y se determina el resultado al momento de vender
No creo que sea tan simple armar un engendro sólo para títulos argentos y resto un criterio razonable
Pero bueno, en Argentum puede ser posible aunque yo creo que no va a ser así
Enviado desde mi BLU STUDIO X MINI mediante Tapatalk
Re: Títulos Públicos
Publicado: Mié Nov 08, 2017 4:35 pm
por gina
la hago simple..te cobran cdo cobràs...lo que sea, div. amort, etc.
Re: Títulos Públicos
Publicado: Mié Nov 08, 2017 4:27 pm
por guilleg
gina escribió:ok, pero en el caso que comprò Dica a 120, le conviene de cualquier forma, vender y comprar posicionàndose en el precio sobre la par...si es que quiere quedarse con el bono.
Ademàs por ej. en chile o usa, se paga si vendès, salvo los cupones o amortizaciones
Supongamos un dolar linked que tiene amortizaciones y cupones trimestrales.
Despues de cobrar dos cupones trimestrales yo vendo lo que me queda.
Como hacen en chile o usa para cobrar en las amortizaciones y en las ventas.
Re: Títulos Públicos
Publicado: Mié Nov 08, 2017 4:24 pm
por guilleg
No creo que tomen DICA a 120, hay gente entre los cuales me incluyo que tienen bonos desde el 2005 cuando salieron (pary). Sería confiscatorio.
Re: Títulos Públicos
Publicado: Mié Nov 08, 2017 4:15 pm
por gina
ok, pero en el caso que comprò Dica a 120, le conviene de cualquier forma, vender y comprar posicionàndose en el precio sobre la par...si es que quiere quedarse con el bono.
Ademàs por ej. en chile o usa, se paga si vendès, salvo los cupones o amortizaciones
Re: Títulos Públicos
Publicado: Mié Nov 08, 2017 4:12 pm
por guilleg
gina escribió:Entonces conviene vender y volver a comprar el dica y partir con precio de compra de 166
No es tan lineal el impuesto a la capitalizacion, monto de venta menos costo de compra. Y si hay amortizaciones en el medio ?
Se me ocurre, por lógica debería ser una fórmula anual:
Valor al cierre del año - valor al inicio del año - compras - amortizaciones + ventas = monto sujeto a impuesto
Algo parecido a lo que se hace en la contabilidad de las personas juridicas.
Aclaro que no lo leí en ningún lado, puede pasar cualquier cosa.
Re: Títulos Públicos
Publicado: Mié Nov 08, 2017 4:08 pm
por gina
guilleg escribió:Yo tambien renové. Acá dijeron varios que la segunda categoria se aplica "percibido", o sea que tendríamos que pagar. No quise meter en FCI, arrugué porque a lo sumo tienen 50% en Letes. Es muy extraño porque no bajan los precios de las cuotas partes, a pesar de que tienen corporativos, ON, etc. no me cierra.
por que el mkt argentrucho ,ademàs de ser infimo al lado de cualquiera , el 92% està en pers.jurìdicas que ya pagan
Re: Títulos Públicos
Publicado: Mié Nov 08, 2017 4:05 pm
por guilleg
alfil escribió:temo en lo personal sigo boludeando con las chauchas,
renove letes . 3,1% y agregue letes con pesos.
cuidar el capital y la estabilidad de lso rendimientos.
la tasa de descuento que funciona como renta la cobro en la licitación en 2017 osea libre de impuestos, el año que viene veremos..
Yo tambien renové. Acá dijeron varios que la segunda categoria se aplica "percibido", o sea que tendríamos que pagar. No quise meter en FCI, arrugué porque a lo sumo tienen 50% en Letes. Es muy extraño porque no bajan los precios de las cuotas partes, a pesar de que tienen corporativos, ON, etc. no me cierra.
Re: Títulos Públicos
Publicado: Mié Nov 08, 2017 4:01 pm
por gina
tavy escribió:Cobrar, te van a cobrar. El asunto es que deberían poner como cotización de partida la existente al comienzo de la vigencia de la reforma. De otra forma te parten, como por ejemplo si compraste un DICA a 120 y hoy vale 166, esos 46 son materia imponible.
Entonces conviene vender y volver a comprar el dica y partir con precio de compra de 166
Re: Títulos Públicos
Publicado: Mié Nov 08, 2017 2:55 pm
por 09ezemarq
Tete2017 escribió:No hay duda, la tenia re clara, aparte para explicar un maestro.
Si, no tuve el placer de tenerlo como profesor, pero si utilicé su libro de texto de IIGG en Impuestos 1 (alla lejos y hace tiempo

)..., y era excelente!
Re: Títulos Públicos
Publicado: Mié Nov 08, 2017 2:52 pm
por tavy
gina escribió:Dario..acá la duda está si van a querer cobrar cdo vendas...antes del vto del bono?
Cobrar, te van a cobrar. El asunto es que deberían poner como cotización de partida la existente al comienzo de la vigencia de la reforma. De otra forma te parten, como por ejemplo si compraste un DICA a 120 y hoy vale 166, esos 46 son materia imponible.
Re: Títulos Públicos
Publicado: Mié Nov 08, 2017 2:47 pm
por Z37A
rodrigocabj12 escribió:soy el unico del foro q no gana mas de 52mil de renta al año?
mi caso como seria? ejemplo gano 1000 dolares x renta de dica al año y 20mil pesos de lebac al año, sumado da ponele 38mil pesos, pago algo de impuestos ?
o pago como todos y puedo pedir la devolucion con alguna declaracion de devolucion tipo la del 20% de dolar ahorro en su momento ?
Mira, este año me fue medo revoltoso, pro que pase gran parte de todo a ladrillo y estoy en casi nada ahora! No se si e laño proximo llegare a los 52 si me meto a full... pero si se que me rompe soberanamente las pel------- tener que estar declarando en DDJJ y buscando el item por ahi para que no me cobren, o hacer despelote para pagar.... como ya se dijo, si querian recaudar mas con esto cometeiron flor de error, mejor bajaban las tasas y listo! Pero ahora nos vamos a tener que comer doblada mas burocracia y de pasar los 52 de pagar tambien un %, que asi sea un misero 1% no deberia ser.... Sumado a la incertidumbre de no saber que pasara, ni cuando aplicara....
Creo que me voy a poner a invertir en equipos de minado de bitcoins y retomar eso que deje hace tiempo.....

Re: Títulos Públicos
Publicado: Mié Nov 08, 2017 2:42 pm
por tavy
DarGomJUNIN escribió:Tomé apunte de lo que dijo Dujovne (no quieren repetir el error kichnerista en Impuesto sobre Bienes Personales, que cuando superabas 1 peso el mínimo, pagabas sobre el TOTAL de bienes). Fue una aberración jurídica, que nunca antes se produjo en AFIP. La explicación que le brindábamos al contribuyente era "nosotros cobramos impuestos, pero nunca redactamos las leyes, eso es tarea del CONGRESO". 
Gracias.
Yo en el proyecto no lo ví, ojo lo leí a vuelo de pájaro, pero no veo que en ganancias coeexistan dos mínimos no imponibles, uno el general y otro para las rentas financieras.
Para mí que a lo que se refería en la conferencia era al mínimo no imponible de ganancias que es casi $52.000. Mirá que este tipo Dujovne, de impuestos, seguro que no sabe un pomo.