DarGomJUNIN escribió:
Cuando al día hábil siguiente de licitar LEBACS, te devuelven los "$ equis" ahí ocurre
"ipso facto", la configuración del "hecho imponible" y caratulado como PERCIBIDO.![]()
Coincido con Darío que además trabaja en Afip por si fuera poco, algo al respecto debe saber.
para aclarar un poco más, la letra del bcra o tesorería es o tiene las características legales de una letra de cambio??
Si es así, entonces aplica el descuento, o sea la percepción de intereses por adelantado
10 El descuento de letras de cambio
Es la presentación de la letra de cambio en un banco o entidad financiera para hacer efectivo su importe antes de la fecha que figura en la misma como de vencimiento.
El banco abonará el importe de la letra de cambio menos los intereses que se devenguen desde el momento del pago hasta la fecha del vencimiento, así como una cantidad establecida en concepto de comisión.
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