Títulos Públicos
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ralliv
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Re: Títulos Públicos
Peligroso mañana. Ojo al "flight to quality"
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AlanT
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Re: Títulos Públicos
marco_88123 escribió:Hola gente! Como acá hay gente que sabe mucho y, a riesgo de que me manden a c**gar, les quería hacer una consulta medio offtopic:
Estoy actualmente residiendo en el exterior, pero mantengo mi cuenta comitente con un broker en ARG la cual administro por internet. La pregunta es, si yo voy transfiriendo plata a la cuenta que tengo linkeada en pesos a la comitente, y luego el agente me pide origen de fondos, alcanza con mandar un recibo de sueldo del extranjero (hasta el momento le venía justificando con mi recibo de sueldo argento)?
Gracias!
Si, claro. Las preguntas aparecen si vas en persona con una valija de guita cash. Como lázaro, cuando depositó 7 palos verdes en cash en el banco nación en santa cruz. El ROI obviamente lo cajonearon. En tu caso si la plata abastece la comitente vía transferencia bancaria no creo que tengas problemas.
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paisano
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Re: Títulos Públicos
Patan escribió:vos querés que lo golpeen?
ya le dijeron q no joda hasta que reglamenten y que pague lo que debe
Ehhhh, no es para tanto, si la culpa no es de él, es de los que preguntan
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Patan
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Re: Títulos Públicos
paisano escribió:Algo que me olvide de decir, Dario se basó para decir que la liquidación la debe hacer el contribuyente en que se trata de un Impuesto Cedular (ver Pagina 49 del link que subí anteriormente) y que queres que te diga, yo le creo a Darío, preguntales a los que consultaste vos si están al tanto de ese detalle y como se hace cuando un impuesto cae en esa categoría.
vos querés que lo golpeen?
ya le dijeron q no joda hasta que reglamenten y que pague lo que debe
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dawkings
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Re: Títulos Públicos
Aprovecho que los últimos msgs son del subtopic "impuesto a las ganancias", y dado que se viene la época de armar las DDJJ 2017, les quería consultar:
Tengo acciones y bonos comprados desde hace unos años, que si los vendo en 2018 van a arrojar una diferencia importante respecto al precio original de adquisición. Dado que el nuevo impuesto va a correr desde este año, imagino que para sacar el monto a pagar el porcentaje debería hacerse en base al precio al 31/12/17?
Como alternativa pensé en actualizar en la DJ los precios de adquisición poniendo las cotizaciones del 31/12/17, y justificar la diferencia como si hubiera vendido todo y vuelto a comprar (cosa exenta hasta ahora salvo para las cotizantes extranjeras, creo). De esa manera "resetearía" todo a los precios de principios de 2018, y cualquier diferencia nueva aplicaría 100% al nuevo impuesto. Que opinan?
Tengo acciones y bonos comprados desde hace unos años, que si los vendo en 2018 van a arrojar una diferencia importante respecto al precio original de adquisición. Dado que el nuevo impuesto va a correr desde este año, imagino que para sacar el monto a pagar el porcentaje debería hacerse en base al precio al 31/12/17?
Como alternativa pensé en actualizar en la DJ los precios de adquisición poniendo las cotizaciones del 31/12/17, y justificar la diferencia como si hubiera vendido todo y vuelto a comprar (cosa exenta hasta ahora salvo para las cotizantes extranjeras, creo). De esa manera "resetearía" todo a los precios de principios de 2018, y cualquier diferencia nueva aplicaría 100% al nuevo impuesto. Que opinan?
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paisano
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Re: Títulos Públicos
alfil escribió:Llame al estudio que lleva mis declaraciones de gan y bp y me dijo que cuando este reglamentada opinan.
Aprendamos...
Algo que me olvide de decir, Dario se basó para decir que la liquidación la debe hacer el contribuyente en que se trata de un Impuesto Cedular (ver Pagina 49 del link que subí anteriormente) y que queres que te diga, yo le creo a Darío, preguntales a los que consultaste vos si están al tanto de ese detalle y como se hace cuando un impuesto cae en esa categoría.
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marco_88123
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Re: Títulos Públicos
Hola gente! Como acá hay gente que sabe mucho y, a riesgo de que me manden a c**gar, les quería hacer una consulta medio offtopic:
Estoy actualmente residiendo en el exterior, pero mantengo mi cuenta comitente con un broker en ARG la cual administro por internet. La pregunta es, si yo voy transfiriendo plata a la cuenta que tengo linkeada en pesos a la comitente, y luego el agente me pide origen de fondos, alcanza con mandar un recibo de sueldo del extranjero (hasta el momento le venía justificando con mi recibo de sueldo argento)?
Gracias!
Estoy actualmente residiendo en el exterior, pero mantengo mi cuenta comitente con un broker en ARG la cual administro por internet. La pregunta es, si yo voy transfiriendo plata a la cuenta que tengo linkeada en pesos a la comitente, y luego el agente me pide origen de fondos, alcanza con mandar un recibo de sueldo del extranjero (hasta el momento le venía justificando con mi recibo de sueldo argento)?
Gracias!
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czekajlo
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Re: conviene comprar bonos?
paisano escribió:Perdón, paisano, pero esa respuesta se contradice con tu explicación del bono en dólares.
Si para el AY24 entendemos que no está gravada la diferencia de cambio y en principio solamente aplica el impuesto sobre la diferencia por efecto del mercado, en el plazo fijo uva que en mi ejemplo puse sin intereses (porque ya sabemos que por los intereses sí va renta financiera) al vencimiento solamente hay actualización (acá no hay efecto mercado) por lo que debería no estar alcanzado este plazo fijo en particular, verdad?
A mi entender son casos diferentes.
Entre las Paginas 48 Articulo 61 y la 55, tenes los diferentes casos que describe la ley, fijate.
https://drive.google.com/file/d/1nwq7wP ... a28cE/view[/quote]
paisano, por el texto es como vos decís, al menos hasta ahora.
diferenciaría la compraventa de títulos (donde no grava la parte de la utilidad que surja de diferencia de cambio o de actualizaciones) de un plazo fijo actualizado x ejemplo x uva (donde grava al 15%, sin expresar exclusión de la actualización)
si esto es así, olvidarse de plazo fijo uva!!!
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pik
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Re: RE: Re: Títulos Públicos
czekajlo escribió:
mucho aplauso pero no es una cuestion de tiempo, es para definir si conviene o no la compraventa de bonos, no para su liquidación, sí es verdad que en unos meses vamos a tener la posta pero puede ser que estemos haciendo operaciones que nos generaron perdida cuando creíamos que eran convenientes, todo por el bendito impuesto
Si tenías dudas, deberías haber salido en diciembre o antes. Y espera líquido ahora la reglamentación para saber si conviene o no invertir en que o cual cosa. Si seguís invirtiendo o querés saber lampista, lamentablemente tendrás que esperar que lo reglamente. O invertir y jugsrtela a que te salga bien.
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paisano
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Re: conviene comprar bonos?
czekajlo escribió:Para el caso de PF me parece que aplica esto
Perdón, paisano, pero esa respuesta se contradice con tu explicación del bono en dólares.
Si para el AY24 entendemos que no está gravada la diferencia de cambio y en principio solamente aplica el impuesto sobre la diferencia por efecto del mercado, en el plazo fijo uva que en mi ejemplo puse sin intereses (porque ya sabemos que por los intereses sí va renta financiera) al vencimiento solamente hay actualización (acá no hay efecto mercado) por lo que debería no estar alcanzado este plazo fijo en particular, verdad?[/quote]
A mi entender son casos diferentes.
Entre las Paginas 48 Articulo 61 y la 55, tenes los diferentes casos que describe la ley, fijate.
https://drive.google.com/file/d/1nwq7wP ... a28cE/view
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dakade
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Re: Títulos Públicos
czekajlo escribió:mucho aplauso pero no es una cuestion de tiempo, es para definir si conviene o no la compraventa de bonos, no para su liquidación, sí es verdad que en unos meses vamos a tener la posta pero puede ser que estemos haciendo operaciones que nos generaron perdida cuando creíamos que eran convenientes, todo por el bendito impuesto
Comprá PARA que vas a necesitar una buena cantidad para que empieces a pagar. Igualmente como dijo Darío esto no impide declarar quebranto en alguna operación y terminar no pagando el impuesto. Por otro lado podés inicialmente posicionarte en FCI que tengan una composición parecida al portfolio que quieras armar y en el caso que la reglamentación sea muy onerosa podés no vender las cuotapartes este año y no pagar ningún tipo de impuesto.
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paisano
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Re: Títulos Públicos
alfil escribió:Llame al estudio que lleva mis declaraciones de gan y bp y me dijo que cuando este reglamentada opinan.
Aprendamos...
Hubieses llamado más temprano al estudio y me ahorrabas comentar lo que había dicho Dario.
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czekajlo
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Re: Títulos Públicos
jabalina escribió:![]()
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mucho aplauso pero no es una cuestion de tiempo, es para definir si conviene o no la compraventa de bonos, no para su liquidación, sí es verdad que en unos meses vamos a tener la posta pero puede ser que estemos haciendo operaciones que nos generaron perdida cuando creíamos que eran convenientes, todo por el bendito impuesto
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czekajlo
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Re: conviene comprar bonos?
Para el caso de PF me parece que aplica esto
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Perdón, paisano, pero esa respuesta se contradice con tu explicación del bono en dólares.
Si para el AY24 entendemos que no está gravada la diferencia de cambio y en principio solamente aplica el impuesto sobre la diferencia por efecto del mercado, en el plazo fijo uva que en mi ejemplo puse sin intereses (porque ya sabemos que por los intereses sí va renta financiera) al vencimiento solamente hay actualización (acá no hay efecto mercado) por lo que debería no estar alcanzado este plazo fijo en particular, verdad?
[/quote]
Perdón, paisano, pero esa respuesta se contradice con tu explicación del bono en dólares.
Si para el AY24 entendemos que no está gravada la diferencia de cambio y en principio solamente aplica el impuesto sobre la diferencia por efecto del mercado, en el plazo fijo uva que en mi ejemplo puse sin intereses (porque ya sabemos que por los intereses sí va renta financiera) al vencimiento solamente hay actualización (acá no hay efecto mercado) por lo que debería no estar alcanzado este plazo fijo en particular, verdad?
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jabalina
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Re: Títulos Públicos
alfil escribió:Llame al estudio que lleva mis declaraciones de gan y bp y me dijo que cuando este reglamentada opinan.
Aprendamos...
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