Títulos Públicos

Foro dedicado al Mercado de Valores.
alfil
Mensajes: 8137
Registrado: Lun Nov 15, 2010 11:26 pm

Re: RE: Re: Títulos Públicos

Mensajepor alfil » Lun Ene 29, 2018 2:55 pm

Nicklaus escribió:guilleg, si hacen engendros de la excepción de la excepción no te puedo discutir mucho.

Yo argumentaba como era el IIGG en renta de 2da para personas humanas. En ese momento era claro como estaba.

Ahora si hacen cualquier cosa como excepción... y que querés que te diga.

esperemos tranqui , si se paga el 5 o 15% por un excedente de renta de $ 66 M (MNI) para inversores promedio no es tan grave..si superas varios millones la verdad que tampoco se trata de preocuparte , que se angustie el que no tienen ni para pagar impuestos..
es un chiste.. :mrgreen:

guilleg
Mensajes: 4659
Registrado: Jue Mar 07, 2013 1:44 pm

Re: Títulos Públicos

Mensajepor guilleg » Lun Ene 29, 2018 2:09 pm

No te calientes, lo que arde es la tasa 2.7, destruye los bonos y hasta el DOW y la RV ?

Nicklaus
Mensajes: 2427
Registrado: Mar Sep 02, 2008 6:33 pm

Re: RE: Re: Títulos Públicos

Mensajepor Nicklaus » Lun Ene 29, 2018 1:49 pm

guilleg, si hacen engendros de la excepción de la excepción no te puedo discutir mucho.

Yo argumentaba como era el IIGG en renta de 2da para personas humanas. En ese momento era claro como estaba.

Ahora si hacen cualquier cosa como excepción... y que querés que te diga.
guilleg escribió:Por fin, me cansé de discutir con vos y varios otros en diciembre que decían que las letes y lebacs suscriptas en el 2017 estaban exentas, que eran un descuento y no un interés, etc., etc., Para mi la ley es clara, hay que pagar por la porción del 2018, salvo que la reglamentación diga lo contrario.


deacá
Mensajes: 1391
Registrado: Vie Dic 21, 2007 3:45 pm

Re: RE: Re: Títulos Públicos

Mensajepor deacá » Lun Ene 29, 2018 1:45 pm

guilleg escribió:Por fin, me cansé de discutir con vos y varios otros en diciembre que decían que las letes y lebacs suscriptas en el 2017 estaban exentas, que eran un descuento y no un interés, etc., etc., Para mi la ley es clara, hay que pagar por la porción del 2018, salvo que la reglamentación diga lo contrario.

Con la reglamentación te la van a poner, que duda hay?
Con malicia o impericia nuestros legisladores y funcionarios se especializan en hacer leyes y reglamentaciones difusas.
Hace unos dias tuvieron que publicar una Fe de Errata por un mamarracho de la reforma tributaria http://www.adecra.org.ar/fe-erratas-la- ... ributaria/

deacá
Mensajes: 1391
Registrado: Vie Dic 21, 2007 3:45 pm

Re: Títulos Públicos

Mensajepor deacá » Lun Ene 29, 2018 1:35 pm

czekajlo escribió:Traducido, caería la cotización de los bonos. Verdad?

Claro. La tasa sube al bajar el precio. Si no lo entendés, preguntá que acá hay gente dispuesta a explicar.

Mirá que estoy muy lejos de poder pronosticar y embocar algo. no le creas a nadie, lee a todos y sacá tus conclusiones.

guilleg
Mensajes: 4659
Registrado: Jue Mar 07, 2013 1:44 pm

Re: RE: Re: Títulos Públicos

Mensajepor guilleg » Lun Ene 29, 2018 1:31 pm

Nicklaus escribió:Buen punto cuat

Veremos que dice la reglamentación

Que manera de complicar todo que tienen

Enviado desde mi BLU STUDIO X MINI mediante Tapatalk

Por fin, me cansé de discutir con vos y varios otros en diciembre que decían que las letes y lebacs suscriptas en el 2017 estaban exentas, que eran un descuento y no un interés, etc., etc., Para mi la ley es clara, hay que pagar por la porción del 2018, salvo que la reglamentación diga lo contrario.

czekajlo
Mensajes: 1251
Registrado: Jue Ago 24, 2017 1:43 pm

Re: Títulos Públicos

Mensajepor czekajlo » Lun Ene 29, 2018 1:20 pm

deacá escribió:http://www.cartafinanciera.com/renta-fi ... 2F1%2F2018


Varias notas en distintos medios hablan de lo mismo: después de un tiempo planchaditos, la bonería empieza a subir tasas.

Traducido, caería la cotización de los bonos. Verdad?

alfil
Mensajes: 8137
Registrado: Lun Nov 15, 2010 11:26 pm

Re: Títulos Públicos

Mensajepor alfil » Lun Ene 29, 2018 12:40 pm

deacá escribió:http://www.cartafinanciera.com/renta-fi ... 2F1%2F2018


Varias notas en distintos medios hablan de lo mismo: después de un tiempo planchaditos, la bonería empieza a subir tasas.

ls tasas que tienen hoy no reflejan el riesgo asociado , mucho menos los provinciales, nuestra status e deuda, emisión deficit e inflación la tires de mediano plazo son bajas , para mi.. ojo..cuando miran el semaforo estan medio daltonicos los inversores aseptando como compensación esas tires..

jejeycardales
Mensajes: 74
Registrado: Lun Nov 27, 2017 4:10 pm

Re: Títulos Públicos

Mensajepor jejeycardales » Lun Ene 29, 2018 12:30 pm

Daniel56 escribió:El A2E2 y A2E7 ya cotizan ex cupon?


hace varios dias

Daniel56
Mensajes: 112
Registrado: Mié Feb 22, 2017 12:43 pm

Re: Títulos Públicos

Mensajepor Daniel56 » Lun Ene 29, 2018 11:39 am

El A2E2 y A2E7 ya cotizan ex cupon?

Nicklaus
Mensajes: 2427
Registrado: Mar Sep 02, 2008 6:33 pm

Re: RE: Re: Títulos Públicos

Mensajepor Nicklaus » Lun Ene 29, 2018 11:38 am

cuat escribió:
Me había quedado la idea que siempre era percibido y que la nota estaba bien, pero leyendo la ley dice que para valores a descuento se aplica el criterio devengado. En suma ninguno tiene razón:

ARTÍCULO … - Intereses (o rendimientos) y descuentos o primas de emisión. A efectos de la determinación de la ganancia proveniente de valores que devenguen intereses o rendimientos, que encuadren en el presente Capítulo II o en el Título IX de esta ley, deberán aplicarse los siguientes procedimientos:

...

c) Si se suscribe o adquiere un valor que hubiera sido emitido bajo la par, pagando un precio neto de intereses corridos, menor al nominal residual, el descuento recibirá el tratamiento aplicable a los intereses, debiendo imputarse en función a su devengamiento en cada año fiscal, a partir del mes de suscripción o adquisición hasta el mes en que se produzca la amortización parcial y/o total o hasta su enajenación, lo que ocurra con anterioridad. La reglamentación establecerá los casos en donde ese procedimiento no resulte aplicable, así como el mecanismo de imputación en caso de amortizaciones parciales. Con respecto a los intereses que devengue el valor es aplicable lo dispuesto en el inciso a) precedente. A efectos de la determinación del resultado por enajenación, al precio de suscripción o adquisición se le sumará el descuento que se hubiera gravado cada año entre la fecha de suscripción o adquisición y la de enajenación.


http://servicios.infoleg.gob.ar/infoleg ... texact.htm

Buen punto cuat

Veremos que dice la reglamentación

Que manera de complicar todo que tienen

Enviado desde mi BLU STUDIO X MINI mediante Tapatalk

maxx
Mensajes: 514
Registrado: Vie Sep 04, 2009 12:25 pm

Re: Títulos Públicos

Mensajepor maxx » Lun Ene 29, 2018 11:28 am

Pamping escribió:Tu amigo no renuncio, quiere algo conservador ... quiero creer que la rta del dueño de la Soc de Bolsa fué un tajante : TITULOS PUBLICOS en U$ !!!
Nos contarías?

yo le agregaría un % de algún ETF tipo VOO o VUSA para dejar una porción aislada de riesgo argentino

cuat
Mensajes: 986
Registrado: Vie Mar 31, 2006 4:33 pm

Re: Títulos Públicos

Mensajepor cuat » Lun Ene 29, 2018 11:20 am

Nicklaus escribió:Tal cual, lo licitado en 2017 no tributa el 2018 porque justamente, como decis, lo percibiste en Diciembre a los intereses

Hace una analogía como descontar un cheque. Vos no cobras los intereses al vencimiento, lo cobrás al momento de descontar el cheque.

Al ser persona humana, el PERCIBIDO lo tenés al inicio de la relación contractual.

Me había quedado la idea que siempre era percibido y que la nota estaba bien, pero leyendo la ley dice que para valores a descuento se aplica el criterio devengado. En suma ninguno tiene razón:

ARTÍCULO … - Intereses (o rendimientos) y descuentos o primas de emisión. A efectos de la determinación de la ganancia proveniente de valores que devenguen intereses o rendimientos, que encuadren en el presente Capítulo II o en el Título IX de esta ley, deberán aplicarse los siguientes procedimientos:

...

c) Si se suscribe o adquiere un valor que hubiera sido emitido bajo la par, pagando un precio neto de intereses corridos, menor al nominal residual, el descuento recibirá el tratamiento aplicable a los intereses, debiendo imputarse en función a su devengamiento en cada año fiscal, a partir del mes de suscripción o adquisición hasta el mes en que se produzca la amortización parcial y/o total o hasta su enajenación, lo que ocurra con anterioridad. La reglamentación establecerá los casos en donde ese procedimiento no resulte aplicable, así como el mecanismo de imputación en caso de amortizaciones parciales. Con respecto a los intereses que devengue el valor es aplicable lo dispuesto en el inciso a) precedente. A efectos de la determinación del resultado por enajenación, al precio de suscripción o adquisición se le sumará el descuento que se hubiera gravado cada año entre la fecha de suscripción o adquisición y la de enajenación.


http://servicios.infoleg.gob.ar/infoleg ... texact.htm

Nicklaus
Mensajes: 2427
Registrado: Mar Sep 02, 2008 6:33 pm

Re: Títulos Públicos

Mensajepor Nicklaus » Lun Ene 29, 2018 11:16 am

Tal cual, lo licitado en 2017 no tributa el 2018 porque justamente, como decis, lo percibiste en Diciembre a los intereses

Hace una analogía como descontar un cheque. Vos no cobras los intereses al vencimiento, lo cobrás al momento de descontar el cheque.

Al ser persona humana, el PERCIBIDO lo tenés al inicio de la relación contractual.


cuat escribió:Según tu criterio compraste una LEBAC en diciembre de 2017 a $950, en marzo 2018 te pagan $1000 y no pagás impuesto a las ganancias porque la ganancia de $50 la percibiste en 2017 cuando compraste?


cuat
Mensajes: 986
Registrado: Vie Mar 31, 2006 4:33 pm

Re: Títulos Públicos

Mensajepor cuat » Lun Ene 29, 2018 11:07 am

Nicklaus escribió:Las Letras del Banco Central (LEBAC) son títulos de deuda a corto plazo que licita el Banco Central de la República Argentina (BCRA) el día previo al tercer miércoles de cada mes, con pago total y único al vencimiento (instrumento bullet) y cuyo rendimiento o costo financiero surge de una tasa de descuento implícita para el período en cuestión.


donde T es la tasa nominal anual ofrecida con base 365 días y P es el plazo de la letra en días corridos.

Esto no es una fórmula de interés vencido.

Si el criterio para personas humanas es PERCIBIDO, entonces los intereses (por el descuento) se perciben al inicio de la relación contractual.

Según tu criterio compraste una LEBAC en diciembre de 2017 a $950, en marzo 2018 te pagan $1000 y no pagás impuesto a las ganancias porque la ganancia de $50 la percibiste en 2017 cuando compraste?


Volver a “Foro Bursatil”

¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: Ahrefs [Bot], alzamer, Amazon [Bot], Bartolo, Bing [Bot], bohemio33, cabeza70, chewbaca, danyf1, debenede, el indio, elcipayo16, ElNegro, Fulca, GARRALAUCHA1000, Google [Bot], heide, inge, Kamei, Luq, Manuse070, pacman, samas, Semrush [Bot], Stalker, Tipo Basico, vgvictor y 561 invitados