Re: Títulos Públicos
Publicado: Lun Feb 05, 2018 11:51 am
buenas, voy hasta la farmacia a comprar vaselina y vuelvo...


DiegoYSalir escribió:pudiste salir de rf ?
yo estoy con el escape abajo del barro, todavia no reaccione y capaz esto se pone peor... hablando de rf en los bonos creo que es maso lo mismo pero viene mas despacio... la fija ya me sento de un piñon
rivas144 escribió:Yo estaría atento a cuando se estabilice la 10Y para entrarle a los bonos largos... primer parada antes de reingresar en equity...
DiegoYSalir escribió:seria bueno que sepas lo que hiciste o que tocaste
yonolose pero destruyiste todo todo y ahora que hacemos?
donde rajamos quien dime quien podra defendernos???
(maldita put4 tasa del 0rt0 se va a 3 mangos nomas... dicas a 155, es como una peli de terror...
deci por suerte y menos mal que ayer justito ayer termine de vender todo todo... al menos los largos y renta fija![]()
(tipico de esos mentirosos viste que siempre salen en los techos y compran abajo de los pisos...
cuat escribió:Hasta acá llegamos?
czekajlo escribió:Tampoco comparto la respuesta en el segundo caso que cito, compra de bonos especie D con dólares y venta en dólares, si compré un bono disponiendo de mi efectivo en dolares 20 y luego los vendí en dólares y obtuve usd 21, la ganancia es de 1 usd, se concreta la fecha de venta del bono y habrá que convertir a pesos a la cotización bna de esa fecha. Tampoco acá hay diferencia de cambio ( en el primer caso menos todavía, compré en pesos y vendí en pesos)
Disculpen pero les pido me digan si estoy en lo correcto. Gracias
Leviathan escribió:La ley no lo establece de esa manera. Menciona especificamente que la diferencia de cambio no esta alcanzada por el impuesto.
De otra forma, supongamos que compre un bono con el dolar a 20 y luego el dolar se dispara a 30 o 40, el impuesto estaria gravando una ganancia ficticia que es meramente el cambio de precio por diferencia de cambio y no es el sentido de la ley.
Igual coincido que hay que esperar la reglamentacion.
Por otra parte coincido que sera muy dificil de controlar para la afip y dificil de liquidar para el que hace muchas operaciones en el año.
Leviathan escribió:La ley no lo establece de esa manera. Menciona especificamente que la diferencia de cambio no esta alcanzada por el impuesto.
De otra forma, supongamos que compre un bono con el dolar a 20 y luego el dolar se dispara a 30 o 40, el impuesto estaria gravando una ganancia ficticia que es meramente el cambio de precio por diferencia de cambio y no es el sentido de la ley.
Igual coincido que hay que esperar la reglamentacion.
Por otra parte coincido que sera muy dificil de controlar para la afip y dificil de liquidar para el que hace muchas operaciones en el año.
gina escribió:Dario, que es una inconsistencia Notable en este caso? Que alguien no haga la declaracion lisa y llana?
jmario escribió:Mi pregunta es la capacidad de Afip de controlar todos esos detalles y si no terminará como una declaracion jurada que si surge un problema recien chequearan todos esos movimientos, o inconsistencia notable. Muy complicado para ambas partes hasta ahora.
czekajlo escribió:Tengo entendido que si se compraron bonos con pesos luego vendidos en pesos no es válido calcular el impuesto convirtiendo a dólar, tampoco creo que el contribuyente pueda optar por un método u otro. En cambio si los compré bajo especie D y los vendo por esa vía ahí sí el resultado es en dólares que supongo habrá que convertir a pesos con la cotización comprador bco nación divisa del día de venta.
Supongo que si compré bajo especie D y luego vendí en pesos ahí sí debería convertir los dólares de compra de esa fecha a pesos para compararlos con los pesos de venta.
En la compra venta de bonos, más allá del monto no imponible, la alícuota dependerá no de la moneda en que se operó sino en el tipo de bono, si sigue al dólar o a la inflación es 15%, sino el 5% al menos mientras no resuelvan aumentarlo.
Por lo menos, así lo veo yo. Hay que esperar igual la reglamentación.
Por favor indicar si comparten el comentario o argumentar en caso contrario.
czekajlo escribió:Tengo entendido que si se compraron bonos con pesos luego vendidos en pesos no es válido calcular el impuesto convirtiendo a dólar, tampoco creo que el contribuyente pueda optar por un método u otro. En cambio si los compré bajo especie D y los vendo por esa vía ahí sí el resultado es en dólares que supongo habrá que convertir a pesos con la cotización comprador bco nación divisa del día de venta.
Supongo que si compré bajo especie D y luego vendí en pesos ahí sí debería convertir los dólares de compra de esa fecha a pesos para compararlos con los pesos de venta.
En la compra venta de bonos, más allá del monto no imponible, la alícuota dependerá no de la moneda en que se operó sino en el tipo de bono, si sigue al dólar o a la inflación es 15%, sino el 5% al menos mientras no resuelvan aumentarlo.
Por lo menos, así lo veo yo. Hay que esperar igual la reglamentación.
Por favor indicar si comparten el comentario o argumentar en caso contrario.
Pamping escribió:Para mí puede seguir bajando, creo q en Marzo se junta la FED nuevamente.
Está para entrarle, por el otro lado habría que ver la capacidad de pago de Argentina ...
Pamping escribió:Para mí puede seguir bajando, creo q en Marzo se junta la FED nuevamente.
Está para entrarle, por el otro lado habría que ver la capacidad de pago de Argentina ...