Re: Títulos Públicos
Publicado: Mar Mar 06, 2018 8:26 pm
09ezemarq escribió:No, ayer lo aclare, el producto puede ser nacional o importado, el tema es que se debe consumir dentro del territorio de la nación. En el caso de estos servicios de internet, lo que importa es el lugar en el cual se consume o aprovecha el servicio. Si vos utilizas estos servicios en cuestión el aprovechamiento se realiza en el país, por lo cual la ley contempla que se cobre iva.
Netflix: En este caso, la empresa te ofrece un servicio que utilizas directamente en el país (ver "La casa de Papel" en tu cama con la bruja), por lo que el servicio está gravado y esta bien que así sea, nos guste o no.
Airbnb: En este caso, la empresa en cuestión simplemente intermedia en el alquiler temporario de propiedades. Lo único que se aprovecha en el país es el servicio de intermediación que ofrece airbnb, por lo que lo único gravable según la legislación actual es la comisión que sea que cobre esta empresa. Lo más razonable es que se obligue a esta a discriminar del precio su comisión o cargo, de manera tal de poder aplicar la alícuota a dicho monto. Que te cobren el IVA por el depto que te alquilaste en Brasil es un barrabasada que no goza del menos sustento jurídico, y el país entraría en problemas con todo el mundo por la doble tributación planteada.
Saludos!
Perfecto PLANTEO del tema IVA.


