Mensajepor Abeja » Vie May 19, 2023 4:56 pm
Boldt
Por su parte, la Sociedad mantendría el patrimonio inherente a los negocios que no se escindirían, los que incluyen, principalmente, la prestación de los servicios de entretenimiento, gastronomía y hotelería; la explotación de casinos y la prestación de los servicios de sistemas (CAS) complementarios a dicho negocio; la titularidad y explotación de licencias de juego on-line y la prestación de servicios a terceros en el negocio del juego on-line.
Las precedentes son descripciones resumidas de los objetos y de la composición de los patrimonios de Boldt y de las sociedades escisionarias que resultarían de la operación de reorganización. Los textos completos y definitivos de dichos objetos sociales surgirán del proyecto de reforma estatutaria de Boldt y de los proyectos de estatutos sociales de las sociedades escisionarias que se sometan a consideración de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas que se convoque oportunamente. Asimismo, la composición de los patrimonios de la sociedad escindente, es decir, de Boldt, y de las nuevas sociedades, será aquella que surja del balance especial de escisión que prepare la Sociedad en cumplimiento de lo previsto por el inciso 2) del Art. 88 de la LGS, y que se someta a consideración de dicha asamblea.