nigrovader escribió:Gran pregunta por si llegan a reglamentar la renta financiera para los nacionales. Como los que estamos en bonos en dólares, hay un articulo que habla que la diferencia de cambio no se contempla en la compra venta y hay otros que hablan de poder incluir un quebranto.
Entonces pongo el siguiente caso: tengo un bono nacional que a fin de año valia U$S100 y me pago U$S 5 de intereses, pero luego lo vendi a un valor de U$S 93. Técnicamente tengo un quebranto de U$S7 (la baja en la cotización se debio a que subio el dolar), la gran pregunta al tener una perdida en dólares, podría argumentar que voy perdiendo U$S2 y por consiguiente no tener que pagar el impuesto x los U$S 5 de interes.
yo no pienso pagar en ese caso que planteas, tengo una posición muy chiquita en dica y ay24 que cuando haga las cuentas creo que estoy mas o menos en esa situación no les pienso pagar en las perdidas y que me vengan a buscar... es mas no se si les voy a pagar aun en las ganancias porque si haces las cuentas en dolares hemos perdido todos los que apostamos a la bolsa argenta y ni hablar los que compramos/conservamos bonos de este bobierno de inutiles