TAN.GUI.TA.FLO.JI.TA. el que no posee sentido, olfato ni sabor sos vos
COME Sociedad Comercial del Plata
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Hayfuturo
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Re: COME Sociedad Comercial del Plata
TAN.GUI.TA.FLO.JI.TA. el que no posee sentido, olfato ni sabor sos vos
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PAC
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sabrina
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CAIPIRA HARLEY
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CAIPIRA HARLEY
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Re: COME Sociedad Comercial del Plata
Deja de delirar PAC ,, tremenda semana me dio Come,, dos viajes en la 129 de 50% cuando todos ya la veian en 180 ,, segui publicando esos graficos sin sentido,, te dije y te mostre el grafico donde estaba pasando los mas parecido que a mediados de mayo ,, anda a pegarte un baño de agua fria ,,, y por mi que sacudan todas las palmeras que quieran
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Hayfuturo
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Re: COME Sociedad Comercial del Plata
Este ya está superando a tan.gui.ta.flo.ji.ta. y a la ga.lli.ni.ta.ca.ca.re.ca. producto de participar en la
"JAULA DE LAS LOCAS"
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PAC
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Re: COME Sociedad Comercial del Plata
estan sacudiendo palmera
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CAIPIRA HARLEY
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Re: COME Sociedad Comercial del Plata
CAIPIRA HARLEY escribió: ↑ Che,, aparicion con vida de Pepeselalastra,, parece que hoy no lo dejaron ir al baño a postear,,, te avise Pepito,, aca se da cuando te pones euforico y despues te pelamos el bolsillo,,, te queda para meterle nafta a la Motomel ????![]()
No fayyyyyyaaaa,, se termino la euforia,, no le quedo ni para la nafta
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Pirujo
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Re: COME Sociedad Comercial del Plata
bastante fulero afuera
como estoy hiper liquido en 127 pague algo y hasta 124 pago algo mas a la espera del div
mi nene que viene derecho desde 190 paga garo
como estoy hiper liquido en 127 pague algo y hasta 124 pago algo mas a la espera del div
mi nene que viene derecho desde 190 paga garo
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CAIPIRA HARLEY
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Re: COME Sociedad Comercial del Plata
pepelastra escribió: ↑ confirmado!!!! te paga por cada post bo.ludo ,pelo.tudo ,insulso, sin importancia alguna, lleno de sandeces ....todo sea el chori y la coca![]()
viva comeeeeee!!!!!
Veni nabo,, veni que te enseño a jugar al Quini
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CAIPIRA HARLEY
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PAC
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CAIPIRA HARLEY
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ljoeo
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Re: COME Sociedad Comercial del Plata
Relei la normativa y entiendo que NO corresponde aplicar un plazo de 3 meses al pago efectivo de los dividendos en acciones.
Fundamento legal y técnico:
El plazo de 3 meses NO está previsto en las Normas CNV para dividendos en acciones.
Ese plazo surge en otros contextos, como ofertas públicas primarias o canjes voluntarios, donde se entregan acciones como contraprestación a terceros.
Ej.: Art. 10 de la RG CNV 622/13 establece que una vez adjudicada una oferta pública, la entrega de valores debe realizarse dentro de los 3 meses. No aplica a dividendos.
Dividendos en acciones NO son una oferta a terceros.
Se distribuyen entre accionistas existentes.
Se trata de una capitalización interna de resultados no asignados, no una colocación bursátil con terceros inversores.
La Ley General de Sociedades y CNV exigen plazos más breves:
Comunicación CNV dentro de 10 días.
Silencio administrativo positivo en 7 días.
Comunicación a BYMA previo pago.
Luego de la aprobación, no se justifican plazos mayores a 20 días para la entrega efectiva.
El plazo razonable está regido por el principio de tutela al inversor y previsibilidad del mercado, por lo que retrasos superiores a 30-37 días sin causa objetiva pueden ser cuestionados por CNV y los accionistas.
Fundamento legal y técnico:
El plazo de 3 meses NO está previsto en las Normas CNV para dividendos en acciones.
Ese plazo surge en otros contextos, como ofertas públicas primarias o canjes voluntarios, donde se entregan acciones como contraprestación a terceros.
Ej.: Art. 10 de la RG CNV 622/13 establece que una vez adjudicada una oferta pública, la entrega de valores debe realizarse dentro de los 3 meses. No aplica a dividendos.
Dividendos en acciones NO son una oferta a terceros.
Se distribuyen entre accionistas existentes.
Se trata de una capitalización interna de resultados no asignados, no una colocación bursátil con terceros inversores.
La Ley General de Sociedades y CNV exigen plazos más breves:
Comunicación CNV dentro de 10 días.
Silencio administrativo positivo en 7 días.
Comunicación a BYMA previo pago.
Luego de la aprobación, no se justifican plazos mayores a 20 días para la entrega efectiva.
El plazo razonable está regido por el principio de tutela al inversor y previsibilidad del mercado, por lo que retrasos superiores a 30-37 días sin causa objetiva pueden ser cuestionados por CNV y los accionistas.
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