AgenteProductor1767 escribió: ↑ Es sobre escala hasta llegar al 35%
Hola AgenteProductor1767, ¿Seras tan amable de profundizar ? ¿como serian las escalas ?
Muchas gracias.
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AgenteProductor1767 escribió: ↑ Es sobre escala hasta llegar al 35%
resero escribió: ↑ Desde ayer y hoy desarme todo, cambie de opinion, mi primo de Flamengo insiste que la cosa puede ir peor.
Y me decidi a vender todo, no por PBR, sino por temor q esta crisis aplaste los papeles como sucedio en el 2016 con el Lavajato.
Espero por ahora para sumar mas posicion en papeles del Merval pero espero a ver hasta donde corrigue.
Ya volvere con uds!
Sonic escribió: ↑ Hola Rataparda, no soy especialista en estos temas, pero si me quedo quedo claro que los Cedears pagan bienes personales, pero abajo de 100K dolares no pagan.
Los Dividendos de los Cedears como bien ya se hablo pagan :
1) Los dividendos de los Cedears empresas americanas te retienen un 30% , solo debemos rendir ante la Afip el 5%
2) Los Dividendos de Cedears Brasileros la fuente no tiene nada con lo cual debemos rendir ante la Afip el total, que es el 35%
Lo que desconozco es si esas ganancias en dividendos las pagas apartir de un monto determinado que hayas recibido o los pagas sin importar ningun minimo recibido.
Saludos Rataparda
Rataparda escribió: ↑ Buenas tardes estimados. Ya que están con lo impositivo.
Tener cedear en la comitente tributa algún impuesto? Si los tengo al 31/12.
Hay un monto mínimo por debajo del cual no se paga impuestos? Si es que los cedear pagan impuestos.
Se acerca fin de año y esta vez tengo más cedear que otros cierres, por lo cual si alguno me enseña un poco le agradezco!
Saludos!
Sonic escribió: ↑ Wow se armo lindo debate para despejar dudas, entonces para ir pasando en Limpio
1) Los dividendos de los Cedears empresas americanas te retienen un 30% (gracias por la aclaración de Sancho aca) con lo cual con lo que dice 09ezemarq podemos tomarlos a cuenta y solo debemos rendir ante la Afip el 5% ? estamos bien ahi ?
2) Los Dividendos de Cedears Brasileros la fuente no tiene nada con lo cual debemos rendir ante la Afip el total, que es el 35%
Gracias 09ezemarq tengo anotadas algunas aclaraciones tuyas de post anteriores, sos para mi un gran referente en el foro en materia impositiva, siempre nos dejas buenos conceptos a tener en cuenta.
Sancho y 09ezemarq saludos a ambos![]()
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09ezemarq escribió: ↑ Tratado? no hace falta para eso, tratados son en todo caso para bajar las alicuotas, como no tenemos tratado estamos en el 30%. El grueso de los que tienen tratados están en el 15%. Lo de tomarte como pago a cuenta impuestos análogos pagados en el exterior es tan pero tan básico, que esta en el articulo 1 (si, en el primero) de la ley de impuesto a las ganancias. Saludos
sancho18 escribió: ↑ Estimado, la retencion en USA es del 30 % , si el dividendo lo paga una empresa americana. Luego aca tambien tenes que pagar el 35 %. Entiendo que lo pagado afuera no lo podes tomar a cuenta.
Con respecto del dividendo de Brasil, no hay deduccion en la fuente y aqui tenes que pagar el 35 %.
La Afip controla la informacion que pasan los corredores de bolsa. Tene cuidado.
sancho18 escribió: ↑ Estimado, la retencion en USA es del 30 % , si el dividendo lo paga una empresa americana. Luego aca tambien tenes que pagar el 35 %. Entiendo que lo pagado afuera no lo podes tomar a cuenta.
Con respecto del dividendo de Brasil, no hay deduccion en la fuente y aqui tenes que pagar el 35 %.
La Afip controla la informacion que pasan los corredores de bolsa. Tene cuidado.
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