Te salió bárbaro

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Cohiue escribió: ↑ El monto a distribuirse equivale a 4.398,165176140% sobre el capital social
La distribución de dividendos proviene de utilidades obtenidas a partir del 2018 y, por consiguiente, están sujetas a retención del 7% según lo dispuesto por la ley del Impuesto a las Ganancias, texto ordenado Decreto 824/2019.
De la distribución de dividendos se deducirá, en los casos que corresponda, las sumas que se ingresen por el período fiscal 2023 por la Sociedad en carácter de Responsable Sustituto del Impuesto a los Bienes Personales de aquellos accionistas que hayan sido alcanzados por el referido tributo, todo ello de conformidad con los términos del último párrafo del artículo incorporado por la Ley N° 25.585 a continuación del artículo 25 de la Ley N° 23.966.
O sea el 7% (Ganancias) es para todo el tenedor de papeles, en cambio Bienes Personales es para determinadas personas alcanzadas e inscriptas. De allí que Rataparda como yo en Santander percibimos 36,7 $ x accion y hay otros que al pagar solo el 7% reciben 40,8$. Nadie debería percibir los 44$ ya que el impuesto lo deducen automáticamente la empresa.-
De todos modos si alguien tiene otro punto de vista , bienvenido el debate y la info..... es un buen punto a aclarar para que no nos curren desde Caja de Valores o desde el Broker que nos toque en cada caso....
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