paisano escribió: ↑ Ya que hablamos de propiedades, alguien sabe si AFIP cuestionaría que en la declaración de bienes personales cambies el destino de una propiedad, más específicamente si un año declaras una vivienda como casa-habitación y al otro año declaras otra vivienda como casa-habitación siendo que el año anterior las tenías a ambas declaradas.
Estimado paisano, el mismo año en que salió la exención en bienes personales a la casa habitación, pese a ya haber presentado la ddjj que vencía ese año, hice una rectificativa de la misma al sólo efecto de cambiar el inmueble sobre el que recaía dicho concepto por otro de mayor valor que ya estaba en las ddjj anteriores.
A la semana ya habían reajustado los anticipos a la baja en función de tal exención y hasta el momento no he recibido ningún reclamó de afip por tal maniobra.