PARA LOS CABEZA DE TACHO QUE ESCRIBEN CUALQUIER BOLU.DEZ, COMO TERMOLITANO.
Rige la ley del fuego que restringe la venta de tierras incendiadas
La norma impide que se desarrollen negocios inmobiliarios en terrenos quemados intencionalmente durante 30 a 60 años. Fue impulsada por Máximo Kirchner y criticada por el ruralismo.
El Gobierno nacional promulgó hoy
la ley de manejo del fuego que protege los ecosistemas de los incendios accidentales o intencionales y prohíbe la venta de terrenos incendiados en plazos de entre 30 y 60 años para evitar prácticas especulativas y emprendimientos inmobiliarios. La norma fue promulgada a través del decreto 1038/2020 publicado en el Boletín Oficial, con la firma del presidente Alberto Fernández, del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y del ministro de Ambiente y Desarrollo, Juan Cabandié. Fue impulsada por Máximo Kirchner y criticada duramente por las entidades rurales.
Tampoco se podrá proceder a "la venta, concesión, división, subdivisión, loteo, fraccionamiento o parcelamiento, total o parcial, o cualquier otro emprendimiento inmobiliario, distinto al arrendamiento, de tierras fiscales"; ni realizar "cualquier actividad agropecuaria que sea distinta al uso y destino que la superficie tuviera al momento del incendio". Además se incorpora -entre otras modificaciones- el artículo 22 de la ley 26.815, de Manejo del Fuego que establece que "la prohibición establecida en el artículo 22 bis, será extendida si así lo indicase el Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos de la jurisdicción correspondiente".
24 DE DICIEMBRE 2020
https://www.eldiarioar.com/economia/rig ... 21619.html

- cabeza-de-termo-peronista.jpg (35.41 KiB) Visto 435 veces