Pregunta, y dado que la suspensión de exportaciones de carne se resolvió con una Resolución 75/2021 del Ministerio de Agricultura, y la Constitución Nacional en su artículo 14,habla de " trabajar y ejercer toda industria lícita; de navegar y comerciar" y "de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines útiles" etc.
No se podría haber presentado un amparo para anular o suspender, esa resolución, dado que tiene rango inferior a la Constitución Nacional?
Alguien me podrá contestar?
1)
Constitución Nacional Nacional
Artículo 14.
Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio; a saber: de trabajar y ejercer toda industria lícita; de navegar y comerciar; de peticionar a las autoridades; de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino; de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines útiles; de profesar libremente su culto; de enseñar y aprender.
Lea más:
https://leyes-ar.com/constitucion_nacional/14.htm
2) Resolución 75/2021 Ministerio Agricultura.
El Ministerio de Agricultura formalizó la suspensión por 30 días de la exportación de carne bovina hasta el 19 de junio próximo, con excepción de aquella que forma parte de cuotas con ventajas arancelarias, como la Hilton europea, y aclaró que la medida "podrá darse por concluida una vez que se verifique el normal abastecimiento" del producto y "a precios razonables".
A través de la resolución 75/2021, publicada este jueves en el Boletín Oficial, la cartera que conduce Luis Basterra suspendió por el plazo de 30 días la aprobación de solicitudes de Declaración Jurada de Operaciones de Exportación de Carne (DJEC) respecto de los productos cárnicos de origen bovino.