mejorinverti2 escribió: ↑ Empleado en relación de dependencia paga impuesto a las ganancias a partir de determinado sueldo. El impuesto a las ganancias se liquida en función de donde proviene la renta/gancia. Los ingresos por salarios en relación de dependencia entra en lo que se conoce como 4ta categoría. La ddjj se presenta anualmente. Mes calendario. Cada ejercicio cierra en diciembre pero la ddjj times tiempo de presentarla hasta mayo. Cuando vas a tributar el impuesto te podes deducir ciertas cosas entre ellas las retenciones. Para poder deducirtelas, las presentas a través de un formulario que se llama siradig. Financieramente si compras dólares hoy estás anticipando esa retencion que te la podes deducir en mayo, es decir financieramente no está bueno pero por lo menos termina siendo un credito para vos esa retencion (lo vas a aplicar al impuesto a ingresar) y no un costo perdido.
OK gracias pero yo ya sé lo que es el SIRADIG me imagino que le estarás explicando al que preguntó y me copiaste a mí.
Estamos en un foro donde si sos empleado al menos estimo que ya pagás ganancias (mínimo cobrar 70 Lucas), vas a perder un poco en estos 7/8 meses que faltan pero al menos recuperás algo de ese impuesto pedorro