EFFE escribió: ↑ Aquiles buenas noches, si no me equivoco com 6915 punto 3.9 o 3.8 que habla de los hipotecarios.
Me corrijo dado que lo respondí rapido: no quedas inhabilitado sino que firmas una DDJJ de no adquirir USD hasta el monto que te dan en el crédito, todos los deudores en el % que corresponda. Si incumplís luego te inhabilitan. Saludos!
Estoy del cel, Googlee y salió esta nota, es exactamente igual pero con el cupo actual de 200 USD. Si conviene o no ya es a gusto del consumidor.
https://www.cronista.com/amp/finanzasme ... -0054.html