debenede escribió: ↑
Muchas gracias Dadan. Disculpe por la insistencia, cobre también algo por ADRs de YPF, les doy el mismo tratamiento?
Hola Debenede, en ADR es distinto, ahi debe pagar a alicuota general, tanto por dividendo como resultado por venta (convierte a pesos BNA cada resultado el dia que lo obtuvo). O sea es renta general, va de acuerdo a la tabla, luego de descontar Minimo no Imponible, deducciones personales, al total de sus rentas de todas las categorias. Tampoco va cedular en ese caso.
Es ridiculo, pero el resultado de venta de un Cedear esta exento (no asi un eventual dividendo que cobre por Cedear) pero si se sale de los mercados regulados por CNV, decae la exencion. Cedear al estar bajo orbita CNV solo paga dividendos. Esa es la clave.
Espero que le sirva la explicacion
Saludos
D