16n10 escribió: ↑ Difiere los pagos hasta el 31 de diciembre de 2020, o hasta la fecha anterior (o antes del 31) que el MINISTERIO DE ECONOMÍA (léase Martín Guzmán) determine, considerando el grado de avance y ejecución del proceso de restauración de la sostenibilidad de la deuda pública.
Conclusión: hasta 31/12/2020 o antes si Guzmán determina.
Saludos
o despues si el 31/12 te difieren para mas adelante.. antes?.. olvidate..