pekinmza escribió:Tengo una duda que tal vez alguien pueda aclararmela: veo que por las posiciones en moneda extranjera se generan ganancias o perdidas según el caso. En tanto generan ganancias (en realidad resultados por diferencias de cambio, no ganancias reales), hay que pagar el 30% de impuesto a las ganancias por eso? porque de ser así eso descapitaliza a la empresa...Es decir que si bien te cubrís contra una devaluación, se iría el 30% de esa diferencia en impuestos sobre una ganancia "irreal". Estoy equivocado?
Hola Pekín. Lo que decís es correcto. El problema, en mi opinión, es que impuesto a las ganancias alcanza a resultados positivos no realizados. Qué significa esto? En el hipotético caso de que yo compré, como empresa, 1 cuota parte a 1 peso y cuando cierra el ejercicio vale 5, la empresa paga el 30% sobre los 4 pesos ganados. Ahora bien, si al día siguiente del cierre de mi ejercicio se derrumba donde invierte el fondo y el mismo pasa a cotizar 0,50, yo ya pague por algo que no se realizó. Lo lógico seria que impositivamente los resultados financieros se gravan cuando ocurren. Lo mismo ocurrire con el dólar. Por ejemplo una empresa que tenía posición en activos en dólares en septiembre y cierra ejercicio en dicho mes y aún hoy mantiene esos activos le van a haber gravado algo que hoy vale menos.
Espero haberme hecho entender