AKD escribió:Artículo 22:
“El pueblo no delibera ni gobierna, sino por medio de sus representantes y autoridades creadas por esta Constitución. Toda fuerza armada o reunión de personas que se atribuya los derechos del pueblo y peticione a nombre de éste, comete el delito de sedición.”.
De acuerdo, siempre y cuando no peligre el presente y futuro saludable de la Patria y la misma Constitución (Artículo 21), es el caso de mm.rda.-