La Oferta es de aceptación voluntaria por los accionistas de Caputo.
3) Precio de la Oferta Pública de Adquisición Obligatoria
Como única contraprestación y de acuerdo a las pautas establecidas en la Ley de Mercado de Capitales y en las
Normas de la CNV, el Oferente ofrece abonar a los tenedores que decidan participar en la Oferta Pública de
Adquisición Obligatoria un precio fijo de US$ 0,7914 por Acción (el “Precio”), el que será pagado en pesos mediante
conversión al tipo de cambio vendedor minorista publicado por el Banco de la Nación Argentina al cierre de
operaciones del día hábil inmediatamente anterior al día de lanzamiento de la Oferta (el cual tendrá lugar una vez que
la Oferta sea autorizada por la CNV). El Precio podrá ser modificado, siempre que así lo permita la normativa vigente,
lo cual será oportunamente informado en el prospecto y en los documentos de la Oferta.
En cumplimiento de lo requerido por el artículo 98 de la Ley de Mercado de Capitales, la Comisión Fiscalizadora y el
Comité de Auditoría de la Sociedad se han expedido sobre el Precio, expresando que el mismo resulta razonable y
equitativo.
Asimismo, para la determinación del Precio, el Oferente contó con la opinión de dos evaluadoras independientes,
Quantum Finanzas S.A. y Finanzas y Gestión S.A., conforme lo indicado en el artículo 5, Sección I, Capítulo II, Título
III de las Normas de la CNV. Esas opiniones serán presentadas a la CNV conjuntamente con la Oferta y se encuentran
a disposición del público inversor en la Autopista de la Información Financiera de la CNV (AIF) y en los sistemas
habituales del BYMA (incluyendo el boletín diario publicado por la Bolsa de Comercio de Buenos Aires) y el
Mercado Abierto Electrónico.
El Oferente ha informado que el precio que se acordó pagar a los Vendedores bajo los Contratos de Compraventa en el
marco de la Transacción fue de US$ 0,7914 por acción de Caputo; el que, convertido al tipo de cambio vendedor
minorista publicado por el Banco de la Nación Argentina al cierre de operaciones del día 18 de enero de 2018 (día
hábil inmediatamente anterior a la fecha de cierre de la Transacción), resultaba equivalente a $15,116 (Pesos Quince
con Ciento Dieciséis milésimos) por acción de Caputo. El Oferente confirma que, de acuerdo a lo previsto en la Ley
de Mercado de Capitales y las Normas de la CNV, el precio que se pague en el marco de la Oferta de Adquisición en
Efectivo en ningún caso será inferior a dicho precio pagado a los Vendedores bajo los Contratos de Compraventa ni al
precio promedio de las Acciones durante el semestre inmediatamente anterior al del anuncio de la Oferta.
4) Oferta Pública de Canje Voluntario
Como única contraprestación por la participación de los tenedores de Acciones en la Oferta Pública de Canje
Voluntario, TGLT entregará acciones de TGLT a cambio de las Acciones, a una relación de canje que será
oportunamente fijada por el Directorio de TGLT, de acuerdo a los parámetros que resuelva la Asamblea (la “Relación
de Canje”).
La Oferta Pública de Canje Voluntario es una alternativa que la Sociedad ofrecerá voluntariamente a los tenedores de
Acciones. En consecuencia, la Relación de Canje que oportunamente establezca el Oferente no requerirá de
aprobación por parte de la CNV, ni será pasible de las impugnaciones previstas en el artículo 98 in fine de la Ley de
Mercado de Capitales.
lgosso23 escribió:A mi tambien me empomaron con esta... que salida viable hay: venta y perder? esperar a ver que onda? TGLT nos compraria a nosotros? canje, que implicaria eso?