Mr_Baca escribió:Lo mismo que valían hace pocas ruedas cuando vendiste


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Mr_Baca escribió:Lo mismo que valían hace pocas ruedas cuando vendiste
Eze escribió:Te pasó mi mai longobuccoezequiel@gmail.com hablame será un placer ayudar en lo que sé...
LJP escribió:... el otro dia se discutio en base a valores de mercado logicamente de las cotizantes y a posibles valores NAV.
Como se dijo en la presentacion en este sentido el campo rinde muy poco (3/4% en dolares) y el verdadero flujo se genera cuando se venden los campos. En cambio el flujo generado por la parte de real state de irsa + israel es mucho mayor en % sobre el valor de los activos.
Cristian5432 escribió:HerrX, lo que copió el tábano relativo a la sindicación de acciones no es mas que la opinión de cierta parte (minoritaria) de la doctrina respecto a este tema que no esta legislado. Yo creo que es algo absolutamente legal (la ley no lo prohíbe expresamente), siempre que la finalidad de tal asociación no sea la de encubrir actos que prohíbe la ley de sociedades (es decir utilizar el instituto de sindicación de acciones como una simulación a fin de violentar el mandato de la propia Ley)
En contraposición a lo expuesto por el citado forista voy a transcribir el extracto de un paper de Norberto R. Benseñor, que puede encontrarse en la biblioteca digital del colegio de escribanos de la CABA, que enumera argumentos que permiten fundamentar la licitud del pacto:
“Los argumentos que permiten fundamentar la licitud del pacto de sindicación se apoyan en las siguientes premisas:
a) El voto no es un deber del accionista sino un derecho concedido en su propio interés particular.
b) No hay disposición vigente que declare la nulidad o imposibilidad de celebrar estos convenios.
c) La participación del socio en las decisiones de la sociedad solamente esta subordinada a la licitud de la causa, con lo cual si el fin perseguido es lícito, la cesión del voto también lo es.
d) La ley de sociedades autoriza la participación para deliberar y votar mediante poderes (art. 239).
e) Es suficiente que el convenio solamente afecte los derechos disponibles del socio y no se persiga un objeto ilícito
f) Las limitaciones voluntarias que los accionistas efectúen al derecho de voto, no afectan en sí mismo al derecho de voto.
g) Por la propia naturaleza de la sociedad anónima, es indiferente a ella quienes son titulares de las acciones, de tal suerte que puede decirse justamente que en una asamblea general no son los accionistas quienes votan, sino las acciones sin que importe quién represente esas acciones.
h) El artículo 308 de la ley 19.550 permite que una pluralidad de entes estatales (nacionales, provinciales, municipales) o sociedades anónimas sujetas al régimen de las sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria sean titulares de una mayoría suficiente de acciones para prevalecer en las asambleas ordinarias y extraordinarias y en cierta forma caracteriza el subtipo de sociedad anónima con participación estatal mayoritaria, legitimando los acuerdos necesarios para controlar las decisiones que se adopten en las asambleas.
i) El artículo 263 que autoriza a los accionistas a utilizar el voto acumulativo en la elección de directores o síndicos, admite expresamente el acuerdo pre asambleario, al disponer que el o los accionistas que deseen utilizar este procedimiento deben comunicarlo anticipadamente (apartado 1) insinuando, entonces, que las minorías puedan agruparse para resolver y comunicarlo.
j) La ley 23.696 de Reforma del Estado, en los artículos 38 a 40 impone la sindicación de las acciones correspondientes a la propiedad participada que empleados, usuarios o productores, mientras las acciones que le pertenezcan no hayan sido pagadas ni liberadas de la respectiva prenda, obligando además, a todos los adquirentes, a gestionar colectivamente el conjunto de acciones sindicadas, las posiciones a sostener en las asambleas de la sociedad, con fuerza vinculante para todos (art. 38 inc. b).
k) Esta misma ley dispone que los convenios de sindicación establecerán la obligación de designar, por mayoría de acciones sindicadas, un representante o síndico para que ejerza el derecho de voto en todas las asambleas de la sociedad anónima (art. 38 inc. c)"
HerrX escribió:Ya lo discutimos esto matematicamente el otro dia. Cualquier aumento de IRSA, Cresud lo captura proporcionalmente a su tenencia. A valores de hoy, Cresud esta mas barata que IRSA en un 20% aprox. Busca en el foro y vas a encontrar el desarrollo numerico mio y de Iglerey.
Mr_Baca escribió:Lo mismo que valían hace pocas ruedas cuando vendiste
atrevido escribió:Cuanto valen estos 16 shoppings? Por Dios...![]()
atrevido escribió:
Otra....en este grafico se ve claramente la conveniencia del centro de operaciones israeli.Ingresan 2352 mm en un año por israel en 2016, lo que es el mas de lo que hizo la sede de operaciones argentinas en 5 años!!!
A ver si comprenden por que se hizo esta compra....
atrevido escribió:Herrx, la deuda de cresud se cancela en el 2022 segun se ve aqui, pero en el 2018 se habra cancelado el 65%!!![]()
Otra....en este grafico se ve claramente la conveniencia del centro de operaciones israeli.Ingresan 2352 mm en un año por israel en 2016, lo que es el doble de lo que hizo la sede de operaciones argentinas en 5 años(2012 al 2016= 215,3+263,9+215,2+312,4+248)![]()
En un año, el centro de operaciones israeli ingresa el doble de lo que hizo el centro de operaciones argentina en 5 años!!!
A ver si comprenden por que se hizo esta compra....
Nadie escribió:Con una IDB saneada (vendiendo esas tres empresas) .. PBC y Shufershal mejorando, Dubai Argentina y algún otro proyecto aprobado y en marcha, reactivación del consumo masivo a partir del 2017 / 2018... Y una mejora de los pobretones números del Bhip, tal vez mediante un posible auge del crédito hipotecario.. Es debatible que Cresud sea mejor inversión que Irsa, o que el ratio irsa/cres deba ser menor a 1.
Elztain remarcó mucho la importancia de Israel. E Irsa cuenta con un 34% extra de Israel con el que no cuenta Cres.
HerrX escribió:Cuando apareceran en publico estos viejos baranderos? Que timidos que son... o sera otra cosa?
Para el resto, yo no compraria IRCP porque la mas barata del grupo es Cresud y con Cresud me llevo el 60% de IRCP a precio de regalo.
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