Si te dedicas a derivados que NO sean por cobertura, y obtenes ingresos... esos están gravados por el impuesto a las ganancias. las pérdidas por derivados sólo y únicamente se pueden compensar con ganancias del mismo instrumento.
maxcai escribió:Gracias por las respuestas.
En ganancias puede servir decis porque al tener perdidas me disminuye las ganancias sobre las cuales deberia pagar impuestos? O algo mas?