Hay que apostar al único país que queda en el mundo que puede dar alegrías financieras: Argentina, los demás están con quilombos cada vez más grandes, aca, como siempre, está todo por hacer.

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Patrick escribió:Que tiene que ver el movimiento del activo subyacente en este caso ? Simplemente vendes a mercado (por ejemplo a 23.15 en este caso) y al mismo tiempo ejerces la opcion. La operacion la haces a los mismo plazos de liquidacion y no tenes descalze de ningun tipo. La ganancia te queda cerrada y sin riesgo de mercado ni contingencias impositiva
OSALRODO escribió:Atento a que la sanción de las leyes 26476 y 26860 han interrumpido los plazos de prescripción indicados en la Ley 11683. El último ejercicio fiscal prescripto es el año 2006.
OSALRODO escribió:Atento a que la sanción de las leyes 26476 y 26860 han interrumpido los plazos de prescripción indicados en la Ley 11683. El último ejercicio fiscal prescripto es el año 2006.
rivas144 escribió:Esteban, las opciones pagan ganancias. No hay vuelta que darle.
Patrick escribió:No veo en ningun lado ningun grosero error mio, por cuanto en ningun momento dije que la prescripcion de casi 7 años era exclusiva para el impuesto a las ganancias. Por otra parte para hablar tecnicamente en forma correcta, la prescripcion se interrumpe ante determinados hechos procesales, pero no se renueva como erroneamente afirmas.
Una de las reglas del foro es que no se pueden dar datos personales, pero si eventualemente queres hacerme una consulta impositiva, solicitale al administrador que me envie tu email y lo charlamos en privado.
Para cerrar, fijate si encontras algun curso de comprension de textos, porque me parece que andas flojito en ese rubro.......
Saludos.
Patrick escribió:Grosero error !. No se que curso habras hecho, pero la ley es clarisima al respecto. Solo rige una exencion para las personas fisicas (art 20 Inciso W). Las personas juridicas siempre han estado gravadas.
En lo referido a las operaciones de derivados financieros -opciones entre otras-, es un concepto que siempre se ha encontrado gravado. En mis años de experiencia como contador he visto en numerosas ocasiones a inspectores revisar estas operaciones. Hoy ademas con el desarrollo informatico que hay, la AFIP manda regularmente fiscalizaciones electronicas solicitando aclaraciones sobre este y otro tipo de operaciones. No hay ninguna duda que la compra venta de opciones esta gravada. Cada uno sabra que riesgos correr por casi 7 años.
Saludos
EstebanInversiones escribió: Te aclaro un grosero error tuyo también, lo de los 7 años rige para cualquier impuesto que te puedan reclamar, pero si en el medio te llega una intimaci{on esos 7 años se renuevan.
Los cursos los hice en la u.b.a.
¿ me decías tu matrícula de contador ? porque muchos dicen que son contadores etc. pero en este anonimato muchos se chamuyan.
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