eleconomista escribió:No es así.... si tenés $1000001, de los cuales el millón está invertido en instrumentos exentos, corresponde presentar ddjj y pagar sobre el $1 (suponiendo que lo tenés por ejemplo en efectivo).
Profe32 escribió:No es así, es como dice Jhony16
Se paga cuando existen "BIENES GRAVADOS" que superen $ 305.000 (cuidado con el 5 % que se agrega automático por el programa liquidador de AFIP, en concepto de BIENES DEL HOGAR). El verdadero tope es $ 290476 + ese 5 % legal extra.