jldos escribió: Eso se llama "doble imposición", a saber tributa en cabeza de la sociedad y en cabeza del accionista.
Para evitarlo tenes que vender antes del corte y recomprar despues. Slds.
Se que se llama "doble imposicion".Por lo cual los dividendos deberian ser no computables al momento de realizar la DDJJ de ganancias,porque si se incluyeran justamente habria doble imposicion,por lo que esta mal que a los accionistas les cobren ese impuesto porque ya se lo cobraron a la empresa.Es eso o todos los contadores que conozco estan mal informados.Al fin y al cabo en este caso se la ponen a los accionistas.