TVPP TVPA TVPY Cupones Vinculados al PBI

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DarGomJUNIN
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Re: TVPP TVPA TVPY Cupones Vinculados al PBI

Mensajepor DarGomJUNIN » Vie Dic 13, 2013 7:02 pm

Haciendo cálculos con: 5,00 % anual de crecimiento 2013 y con IPI actual 18 % TVPP (Cupón PBI Pesos) pagaría $ 13,60
Considerando que TVPP tiene pendiente de cobro casi $ 24,60 y restando esos $ 13,60 (2013), el pago final será $ 11,00
Si compro TVPP hasta $ 11,00 y pago tasa alta de caución (18 %) renovada continua, el residual de $ 11,00 será GRATIS.

Significa que al momento del pago (15/12/14) el monto percibido igualará su costo de compra más el interés de caución.
Como hipotética tasa referencial de caución, hago cálculo con la operada en bolsa al plazo más habitual que es a 7 días.
Aclaro que este cálculo, está basado en mi costo final de caución, incluyendo comisión del agente de bolsa y gasto total.

“Disclaimer”: Oferta sujeta a modificación sin previo aviso o hasta agotar un stock ofertable de XX millones de unidades.
Aconsejo no intentar usar al TVPP para operaciones de corto plazo, pues los grandes siempre intentan manipular precios.
Pueden aplicarse, a la baja, entre cuentas relacionadas; o dar por MAE y llevar por Bolsa, sin comisión por ser agentes. :!:

Apolo1102.2
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Re: TVPP TVPA TVPY Cupones Vinculados al PBI

Mensajepor Apolo1102.2 » Vie Dic 13, 2013 6:29 pm

Mr_K escribió:Si quieren fiesta.
Apbr.
ya paso el cuarto de hora de los cupones, ya fueron
imho!

100% APBR ?? con palanca ?

martin
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Re: TVPP TVPA TVPY Cupones Vinculados al PBI

Mensajepor martin » Vie Dic 13, 2013 6:06 pm

martin escribió:El que quiera leer de los pocos análisis serios sobre lo que implica un cambio del año base, en lo que respecta al pago del cupón, le recomiendo leer el archivo adjunto.
Febo leelo ya que es clarita la explicación.

Cito la conclusión del autor del artículo después de dar una completa explicación:

"Es decir, el pago es ineludible por la vía de un cambio en el año base. Sin embargo, existe aún la posibilidad de bajar la tasa de crecimiento para el corriente año contra lo que se estimó en el Proyecto de Presupuesto (5,1%)"

Digamos que el autor luego de descartar que el crecimiento se modifique cambiando el año base da como única chance que el Indec de crecimientos horrorosos, con la propia base 1993, respecto a los meses que quedan por conocer. Digamos que tendría que hacerse mie*** la economía según el Indec para que el acumulado actual de 5,4% pase a ser de menos de 3,22% a fin de año.

martin
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Re: TVPP TVPA TVPY Cupones Vinculados al PBI

Mensajepor martin » Vie Dic 13, 2013 6:01 pm

El que quiera leer de los pocos análisis serios sobre lo que implica un cambio del año base, en lo que respecta al pago del cupón, le recomiendo leer el archivo adjunto.
Febo leelo ya que es clarita la explicación.

Cito la conclusión del autor del artículo después de dar una completa explicación:

"Es decir, el pago es ineludible por la vía de un cambio en el año base. Sin embargo, existe aún la posibilidad de bajar la tasa de crecimiento para el corriente año contra lo que se estimó en el Proyecto de Presupuesto (5,1%)"
Adjuntos
El ineludible cupón (2).pdf
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DarGomJUNIN
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Re: TVPP TVPA TVPY Cupones Vinculados al PBI

Mensajepor DarGomJUNIN » Vie Dic 13, 2013 5:52 pm

Mr_K escribió:Si quieren fiesta.
Apbr.
ya paso el cuarto de hora de los cupones, ya fueron
imho!

Buena señal de que los CUPONES PBI tocaron fondo en su precio irrisorio, apareció del ostracismo el eterno pifiador Mr.K

:lol: :lol: :lol: :lol:

aleelputero(deputs)
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Re: TVPP TVPA TVPY Cupones Vinculados al PBI

Mensajepor aleelputero(deputs) » Vie Dic 13, 2013 5:47 pm

Mr_K escribió:Si quieren fiesta.
Apbr.
ya paso el cuarto de hora de los cupones, ya fueron
imho!

y que ley hay que diga que no se pueden tener de los 2?. Me empelota que esto sea Boca o River.

DarGomJUNIN
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Re: TVPP TVPA TVPY Cupones Vinculados al PBI

Mensajepor DarGomJUNIN » Vie Dic 13, 2013 5:44 pm

martin escribió:Febo no es así.
Si un cambio de año base infla el crecimiento del 2012 y desinfla el 2013 para el tema cupones se tendrá en cuenta el crecimiento con la base anterior y no con la modificación que provocaría un cambio de año base.

DarGomJUNIN escribió: Revisando interpretación del prospecto: "Cada caso base del PBI se ajustará en la misma proporción que los precios".

Se afectan los datos bases del "requisito de pago" en igual proporción que correlacionen precios 2004 (nuevo) y 1993.

“El crecimiento 2012 con base 1993 ya no se puede inflar porque ya es definitivo” y el famoso número de crecimiento 2013 necesario (superar 3,22 %) no existe como cifra, sino que está implícito en el cociente 372753,73 / 361124,97 :!: :wink: :D :arriba:

Apolo1102.2
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Re: TVPP TVPA TVPY Cupones Vinculados al PBI

Mensajepor Apolo1102.2 » Vie Dic 13, 2013 5:32 pm

martin escribió:No. Justamente las condiciones de emisión, ante un cambio de año base, evitan eso que decís de inflar el 2012 para desinflar el 2013. Creo que tendrías que releerlo con más atención.

Febo escribió:
Lo que yo entiendo es lo siguiente:

El PBI real (Actual Real GDP) tiene que superar al teórico ("Base Case GDP"). También la variación del PBI real tiene que superar la variación del PBI teórico.

Si hacés un cambio de base que deprime el PBI real, también tiene que deprimir el PBI teórico, por condiciones de emisión ("If in any year, the year of base prices for calculating Actual Real GDP is changed by INDEC, the Base Case GDP will be adjusted accordingly").

Por lo tanto, un cambio de base no puede joder la condición "superar al PBI teórico".

Sin embargo, sí puede joder la condición "variación real tiene que superar la variación del teórico".

Al menos así lo entiendo yo. Es decir, con el cambio de base no te pueden joder el tema de superar o no el PBI base, pero sí te pueden joder el 3,2% (por lo que entiendo, que quizás acá discrepamos, es que habría que ver si el cambio de base me altera ese 3,2%, aunque no veo en el prospecto nada contundente).

Eso es lo que se discute. Igualmente sería una burradísima técnica si lo llegan a hacer (que para mí ni siquiera está en cabeza de Cristina hacerlo) y posibilitaría infinidad de juicios.

Darío, el Anexo I no se puede encontrar de esa normativa (en Infoleg te manda al boletín oficial y el boletín oficial te manda a Suipacha nosecuanto :lol: ). ¿Qué dice masomenos?

Madera balsa.

DarGomJUNIN
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Re: TVPP TVPA TVPY Cupones Vinculados al PBI

Mensajepor DarGomJUNIN » Vie Dic 13, 2013 5:27 pm

Febo escribió: ............................................
Darío, el Anexo I no se puede encontrar de esa normativa (en Infoleg te manda al boletín oficial y el boletín oficial te manda a Suipacha nosecuanto :lol: ). ¿Qué dice masomenos?

El prospecto es el texto legal más monótono y extenso que he conocido, por eso hay que buscar directo lo específico. :wink:

aleelputero(deputs)
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Re: TVPP TVPA TVPY Cupones Vinculados al PBI

Mensajepor aleelputero(deputs) » Vie Dic 13, 2013 5:26 pm

erasmo escribió:Yo tengo tenencia de X + 1,5 X de caución, todo en TVPE. Total 2,5 X
Estoy convencido de que va a haber pago, pero reconozco que esta baja me pone un poco nervioso.
¿Qué pasaría en el hipotético caso de que no haya pago y el cupón cayera a la mitad? ¿Quedaría en deuda con la sociedad de bolsa? :116:

No ocurriria de modo instantanea la baja final, y le daria tiempo a la sociedad de bolsa para ejecutarte antes que debas mas de lo que tenes



Ok... reconozco que soy más de "hincha" de la peña de martín, atrevido, etc... pero debo decir: gracias por la data, Josef, me quedo más tranquilo. :100:

es raro que todavia no este buscando "puntos oscuros" sobre este tema

davinci
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Re: TVPP TVPA TVPY Cupones Vinculados al PBI

Mensajepor davinci » Vie Dic 13, 2013 5:19 pm

Estoy convencido que dispara y paga, ahora, algunos y no pocos, piensan exactamente lo contrario ... la incertidumbre es mucha y se agravo, la falta de idoneidad economica, mas la falta de conduccion politica nos presenta un mal escenario, veremos si con el paso del tiempo todo se resume a hablar a las 8 de la mañana, pasar unos dias en el calafate, piloto automatico con rumbo a la montaña, o hay algo mas.... si no hay nada mas a empezar a preocuparse--- saludos.

martin
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Re: TVPP TVPA TVPY Cupones Vinculados al PBI

Mensajepor martin » Vie Dic 13, 2013 5:18 pm

Febo lee con atención los posts que acabo de citar....

martin
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Re: TVPP TVPA TVPY Cupones Vinculados al PBI

Mensajepor martin » Vie Dic 13, 2013 5:14 pm

Nickel el Mié Oct 02, 2013 4:42 pm escribió:...
llamamos Yx al pbi del 2013 en base x, Bx al caso base medido en base x, Ex al excedente del PBI medido en base x

E93 = Y93 - B93.
B04=B93*Y04/Y93

E04 = Y04 - B04 = Y04 - B93 * Y04 / Y93 = Y04/Y93 * (Y93 - B93) = Y04/Y93 * E93

llegamos entonces a que el excedente es idéntico salvo por el factor Y04/Y93, que es el cociente entre el pbi calculado en base 04 contra el 93. Dado que ambos son cálculos de pbi a precios de mercado, a misma metodología deberían ser iguales, el factor es 1 y los excedentes son idénticos.
Acá viene la pregunta, ¿alguien sabe si podemos asumir que el pbi a precios de marcado, con misma metodología, serán iguales con los distintos años de base?

Nickel escribió:
Ya que estamos reviendo el tema, en aquél post se podía eliminar el factor de mas desagregando el pbi nominal en real y deflactor.
la nomenclatura sería: llamamos Yx al pbi real del 2013 en base x, Bx al caso base medido en base x, Ex al excedente del PBI medido en base x, N el PBI nominal del año 2013 que es independiente de la base de calculo

Según el prospecto el deflactor es el cociente entre el pbi nominal y el real. El excedente se corrige a su vez por el cociente entre el deflactor del año de referencia (2013) y del año base (93 o 04, según el caso), el último de los cuales es 1 e irrelevante.

E93 = (Y93 - B93) * N / Y93
B04=B93*Y04/Y93

E04 = (Y04 - B04) * N / Y04 = (Y04 - B93 * Y04 / Y93) * N / Y04 = (1 - B93 / Y93) * N = (Y93 - B93 ) * N / Y93 = E93

Se demuestra entonces, que tanto la condición de gatillo como el monto del pago, no se verían afectados por una modificación del año base.

Otro excelente forista haciendo análisis que en este foro poco se ven.
No es casual la diferencia de calidad que se observa entre distintos lugares......

DarGomJUNIN
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Re: TVPP TVPA TVPY Cupones Vinculados al PBI

Mensajepor DarGomJUNIN » Vie Dic 13, 2013 5:13 pm

martin escribió:Febo no es así.
Si un cambio de año base infla el crecimiento del 2012 y desinfla el 2013 para el tema cupones se tendrá en cuenta el crecimiento con la base anterior y no con la modificación que provocaría un cambio de año base.

Revisando interpretación del prospecto: "Cada caso base del PBI se ajustará en la misma proporción que los precios".

Se afectan los datos bases del "requisito de pago" en igual proporción que correlacionen precios 2004 (nuevo) y 1993.

Febo
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Re: TVPP TVPA TVPY Cupones Vinculados al PBI

Mensajepor Febo » Vie Dic 13, 2013 5:11 pm

martin escribió:No. Justamente las condiciones de emisión, ante un cambio de año base, evitan eso que decís de inflar el 2012 para desinflar el 2013. Creo que tendrías que releerlo con más atención.

Lo que yo entiendo es lo siguiente:

El PBI real (Actual Real GDP) tiene que superar al teórico ("Base Case GDP"). También la variación del PBI real tiene que superar la variación del PBI teórico.

Si hacés un cambio de base que deprime el PBI real, también tiene que deprimir el PBI teórico, por condiciones de emisión ("If in any year, the year of base prices for calculating Actual Real GDP is changed by INDEC, the Base Case GDP will be adjusted accordingly").

Por lo tanto, un cambio de base no puede joder la condición "superar al PBI teórico".

Sin embargo, sí puede joder la condición "variación real tiene que superar la variación del teórico".

Al menos así lo entiendo yo. Es decir, con el cambio de base no te pueden joder el tema de superar o no el PBI base, pero sí te pueden joder el 3,2% (por lo que entiendo, que quizás acá discrepamos, es que habría que ver si el cambio de base me altera ese 3,2%, aunque no veo en el prospecto nada contundente).

Eso es lo que se discute. Igualmente sería una burradísima técnica si lo llegan a hacer (que para mí ni siquiera está en cabeza de Cristina hacerlo) y posibilitaría infinidad de juicios.

Darío, el Anexo I no se puede encontrar de esa normativa (en Infoleg te manda al boletín oficial y el boletín oficial te manda a Suipacha nosecuanto :lol: ). ¿Qué dice masomenos?


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