DarGomJUNIN escribió:
Te lo podría sintetizar como: "No se le puede oponer ninguna otra ley".
sachapuma escribió: lamento decirte que haz confundido a todo el foro
una ley es de orden publico cuando limita la
autonomia de la voluntad , os ea no puede
ser derogada ni dejarla sin efectos por
acuerdos interpartes. a una ley se le puede
oponer otra ley con lo cual estaria derogandose
aquella intotum o la parte en que la nueva se
este refiriendo.ej del dcho de flia el dho laboral
son codificaciones que en su gran totalidad
son de orden publico y tiene su basamento
en lo explicado por verdolaga mas abajo.que
bajo con un link.
Toda la vida, interpretamos así "orden público" (en la antigua DGI y actual AFIP). Nunca perdimos un caso judicial.
Para mayor aclaración y evitar malentendidos, una ley que la quiera derogar NO PUEDE TENER EFECTO RETROACTIVO.
Saludos, me voy a dormir y será hasta mañana. No tengo tiempo, ni ganas, de proseguir discutiendo. Sigan ustedes.

