eldesignado escribió:Atención con el nuevo impuesto:
RG 3492 AFIP: Se presume que uno tiene empleados domésticos ( y te cobran los impuestos correspondientes) a:
- Personas físicas cuyos ingresos brutos anuales sean iguales o superiores a PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000.-)
- y/o les corresponda tributar el impuesto sobre los bienes personales o cuando la totalidad de sus bienes —gravados y no gravados [/size] por el mencionado tributo— valuados conforme las normas del citado impuesto, superen el monto determinado por el inciso i) del Artículo 21, Título VI, de la Ley Nº 23.966 y sus modificaciones. ( $305.000)
Entonces, los títulos públicos que no están gravados por Bienes Personales, van a poder considerarse por la AFIP para cobrar este nuevo impuesto a los empleados ficticios.
RECTIFICACIÓN:
"La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) corrigió el texto de la resolución 3492, que en su redacción original disponía que se presumiría que quienes perciben ingresos de al menos $500.000 en un año, o bien tienen un patrimonio de $305.000 o mayor valor, cuentan con personal de servicio doméstico en su casa.
el organismo aclaró que la presunción alcanzará a quienes ganen más de $500.000 y que, además, tengan un patrimonio de por lo menos 305.000 pesos."
Fuente: http://www.iprofesional.com/notas/15983 ... de-erratas