martin escribió:
Previsible es eso. El gobierno no va a pagar màs de 3000 mil palos por ese 51% de repsol y si lo hace lo va a hacer dentro de varios años.
CN:
Artículo 17.- La propiedad es inviolable, y ningún habitante de la Nación puede ser privado de ella, sino en virtud de sentencia fundada en ley. La expropiación por causa de utilidad pública,
debe ser calificada por ley y previamente indemnizada. Sólo el Congreso impone las contribuciones que se expresan en el artículo 4o. Ningún servicio personal es exigible, sino en virtud de ley o de sentencia fundada en ley. Todo autor o inventor es propietario exclusivo de su obra, invento o descubrimiento, por el término que le acuerde la ley. La confiscación de bienes queda borrada para siempre del Código Penal argentino. Ningún cuerpo armado puede hacer requisiciones, ni exigir auxilios de ninguna especie.
Creo que van a pagar lo que les de la gana ahora -por eso manejan valores "menores"-, y el saldo eventual lo discutirán por años. El mecanismo es así: Tasan, pagan y discuten la diferencia (no se como es el procedimiento en el CIADI, pero una expropiación pura y simple es así).
Salvo que se pasen por ahí la Constitución, que no me extrañaría.