El_Ronin escribió:que paso con el "only prices pays" ??
mas vigente que nunca. esto es todo precio, no tiene nada de valor.
vos me podes decir cuanto vale este banco?
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El_Ronin escribió:que paso con el "only prices pays" ??
TonyMontana escribió:BMA ya se comio casi toda la suba de fin de anio
ggal va or lo mismo.
no se ejerce nada.
juanpablo74 escribió:Muchas gracias Gonzalo, la verdad qeu este gobierno, me hace dudar todo el tiempo, no podes vivir tranquilo, y no respetan absolutamente nada, con lo cual me quiero atajar de antemano, y obviamente, que si irian contra la vivienda, no me queda otra de que se vaya antes de esta modificacion ya que las cosas no andan del todo bien, por eso si la tengo que terminar, al menos que sea antes de esto!! pero la verdad que nose que hacer ???
miguel angel escribió:aca el problema que se ve que las mujeres que no tienen hijos y que sus maridos cambian por chicas 20 años menos , quedan en la calle y sin un mango y no laburaron en 20 años por que los maridos no le gusta que a su mujer le toquen la cola y otras cosas mas los compañeros de laburo .despues las dejan en banda .
juanpablo74 escribió:Buenos dias gente!!, disculpen el OFF TOPIC, pero quisiera hacerles una consulta sobre la reforma del Codigo Civil que estan proponiendo, hoy salio en Pagina 12 que Lorenzetti comento, en los casos de concubinato o uniones convivenciales, si la convivencia dura mas de 2 años, en caso de ruptura genera derechos vinculados con la vivienda.
En mi caso particular mi Dpto lo compre a fines del 2005, y en 2010 vino a vivir al mismo mi novia, con lo cual ya se estarian por cumplir estos 2 años. Mis Preguntas??
* Pueden ir contra el derecho de propiedad, ya qeu el Dpto seria un bien propio mio, que quieren decir con derechos vinculados a la vivienda??
* El plazo de 2 años seria retroactivo, o se computarian a partir de la sancion de la modificacion del este Codigo Civil.
Saludos, y agradecere mucho a quien me pueda aclarar un poco esto, en el caso que esten en el tema
juanpablo74 escribió:Buenos dias gente!!, disculpen el OFF TOPIC, pero quisiera hacerles una consulta sobre la reforma del Codigo Civil que estan proponiendo, hoy salio en Pagina 12 que Lorenzetti comento, en los casos de concubinato o uniones convivenciales, si la convivencia dura mas de 2 años, en caso de ruptura genera derechos vinculados con la vivienda.
En mi caso particular mi Dpto lo compre a fines del 2005, y en 2010 vino a vivir al mismo mi novia, con lo cual ya se estarian por cumplir estos 2 años. Mis Preguntas??
* Pueden ir contra el derecho de propiedad, ya qeu el Dpto seria un bien propio mio, que quieren decir con derechos vinculados a la vivienda??
* El plazo de 2 años seria retroactivo, o se computarian a partir de la sancion de la modificacion del este Codigo Civil.
Saludos, y agradecere mucho a quien me pueda aclarar un poco esto, en el caso que esten en el tema
juanpablo74 escribió:Muchas gracias Gonzalo, la verdad qeu este gobierno, me hace dudar todo el tiempo, no podes vivir tranquilo, y no respetan absolutamente nada, con lo cual me quiero atajar de antemano, y obviamente, que si irian contra la vivienda, no me queda otra de que se vaya antes de esta modificacion ya que las cosas no andan del todo bien, por eso si la tengo que terminar, al menos que sea antes de esto!! pero la verdad que nose que hacer ???
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