Página 5747 de 18423

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mié Abr 10, 2019 4:26 pm
por green arrow
alzamer escribió:No, te embocan de nuevo como en 2001 que había bonos discount, y les hicieron quita como a todos los demás.
Los más perjudicados fueron los bonos más cortos.

Gracias.

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mié Abr 10, 2019 4:06 pm
por d34a
zequi73 escribió: Lo que si no preguntes es que carajo voy a hacer con el tema FCI y el 5 o 15 %, algo descule, me falta el resto :2230:
Igual hasta que no vea el aplicativo es imposible saber si uno tiene razon o no

Los fondos comunes de inversión están en el grupo de compraventa, no de intereses. Así que podés compensar pérdida de capital de bonos contra ganancias en FCI (o al revés).

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mié Abr 10, 2019 3:59 pm
por d34a
guilleg escribió:No perdón, la ley tiene sentido. Matemáticamente es perfecta, se paga el 5% o el 15% de la diferencia entre los que se puso y lo que se termina cobrando por todo concepto, sean cupones, diferencia de capital, etc., etc. lo que pasa que es tremendamente complicado calcular el impuesto, y a ese espíritu me atengo. Si tengo un quebranto lo aplico contra todo y que me vengan a buscar.

Me suena que nunca presentaste la declaración jurada de ganancias. En el programa (tanto la aplicación antigua estilo Visual Basic como la actual que corre en la Web) vos tenés que ingresar los valores que te pide. Con esos datos, el programa calcula automáticamente el monto a pagar. Vos no podés aplicar el quebranto contra todo porque el programa no te lo va a permitir.

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mié Abr 10, 2019 3:58 pm
por zequi73
guilleg escribió:No esta claro. Si tengo un quebranto por venta de AY24 contra que se puede aplicar. Solamente contra ganancias por venta de AY24 futuros, o de otros bonos ? Que diferencia hay entre venderlo y aguantarlo hasta el final. Si el bono lo aguanto hasta el final igual se paga por la diferencia entre el costo y el valor par. Se puede aplicar contra la venta de una lete ?
Por mi parte tengo un quebranto por venta de dica, el cual pienso aplicar contra todo, que me llame la afip, para mi todo es renta financiera, que grava el 15% o el 5% de la diferencia entre lo que se invirtió y lo que se termina cobrando por todo concepto.

la norma refiere a cada uno de los artículos incorporados a continuación del artículo 90 de la ley, lo que implica que las ganancias generadas por intereses solo se podrán compensar entre sí y de igual manera, el quebranto de capital que pudiera generarse por operaciones de compraventa, solo podrá computarse contra ganancias obtenidas por este tipo de operaciones (intereses y resultados de compraventa no son compensables entre sí).
Tenes 90.1 Rendimiento producto de la colocación de capital en valores
90.2 INTERESES (O RENDIMIENTOS) Y DESCUENTOS O PRIMAS DE EMISIÓN.
90.3 Dividendos y utilidades asimilables
90.4 Operaciones de enajenación de acciones, valores representativos y otros

Para mi es claro dividis en 4 lo obtenido segun la clase y compensas ahi. Ay24 lo podes compensar contra DICA si enajenaste y listo, sino alpiste
Lo que si no preguntes es que carajo voy a hacer con el tema FCI y el 5 o 15 %, algo descule, me falta el resto :2230:
Igual hasta que no vea el aplicativo es imposible saber si uno tiene razon o no

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mié Abr 10, 2019 3:46 pm
por guilleg
d34a escribió:Creo que todos estamos de acuerdo que el "impuesto cedular" (redactado por el staff de Massa, no creo que a él le den las neuronas para hacerlo) no tiene ningún sentido.

No perdón, la ley tiene sentido. Matemáticamente es perfecta, se paga el 5% o el 15% de la diferencia entre los que se puso y lo que se termina cobrando por todo concepto, sean cupones, diferencia de capital, etc., etc. lo que pasa que es tremendamente complicado calcular el impuesto, y a ese espíritu me atengo. Si tengo un quebranto lo aplico contra todo y que me vengan a buscar.

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mié Abr 10, 2019 3:44 pm
por Aleboto
Bonos ley argentina suben y bonos ley NY caen, que esta pasando?

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mié Abr 10, 2019 3:43 pm
por guilleg
d34a escribió:Creo que todos estamos de acuerdo que el "impuesto cedular" (redactado por el staff de Massa, no creo que a él le den las neuronas para hacerlo) no tiene ningún sentido.

Pero aparte en ningun lado leí específicamente como tratar las ganancias o quebrantos por venta de titulos valores. Son todas generalidades.

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mié Abr 10, 2019 3:40 pm
por d34a
guilleg escribió:Te das cuenta que no tiene ningun sentido. Que diferencia tiene vender la lebac contra esperarlas al vencimiento.

Creo que todos estamos de acuerdo que el "impuesto cedular" (redactado por el staff de Massa, no creo que a él le den las neuronas para hacerlo) no tiene ningún sentido.

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mié Abr 10, 2019 3:38 pm
por d34a
guilleg escribió:Por mi parte tengo un quebranto por venta de dica, el cual pienso aplicar contra todo, que me llame la afip, para mi todo es renta financiera, que grava el 15% o el 5% de la diferencia entre lo que se invirtió y lo que se termina cobrando por todo concepto.

Hay que ver si el programa de la AFIP te va a permitir hacer eso. Lo que va a ocurrir es que vos ponés los valores y fechas de compra, de venta y de intereses, y el programa calcula en base a lo que dice la ley cuánto tenés que pagar.

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mié Abr 10, 2019 3:37 pm
por guilleg
d34a escribió:Solo lo podés aplicar contra una ganancia de compraventa (estilo trader). Yo el año pasado compré Lebac y los vendí antes del vencimiento. Así que puedo aplicar las pérdidas del capital del bono contra la ganancia de las Lebac.

Te das cuenta que no tiene ningun sentido. Que diferencia tiene vender la lebac contra esperarlas al vencimiento.

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mié Abr 10, 2019 3:34 pm
por d34a
guilleg escribió:No esta claro. Si tengo un quebranto por venta de AY24 contra que se puede aplicar. Solamente contra ganancias por venta de AY24 futuros, o de otros bonos ? Que diferencia hay entre venderlo y aguantarlo hasta el final. Si el bono lo aguanto hasta el final igual se paga por la diferencia entre el costo y el valor par. Se puede aplicar contra la venta de una lete ?
Por mi parte tengo un quebranto por venta de dica, el cual pienso aplicar contra todo, que me llame la afip, para mi todo es renta financiera, que grava el 15% o el 5% de la diferencia entre lo que se invirtió y lo que se termina cobrando por todo concepto.

Solo lo podés aplicar contra una ganancia de compraventa (estilo trader). Yo el año pasado compré Lebac y los vendí antes del vencimiento. Así que puedo aplicar las pérdidas del capital del bono contra la ganancia de las Lebac.

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mié Abr 10, 2019 3:31 pm
por guilleg
zequi73 escribió:Va un archivito sobre quebrantos que encontré en una web de contadores, bastante claro el tema.

No esta claro. Si tengo un quebranto por venta de AY24 contra que se puede aplicar. Solamente contra ganancias por venta de AY24 futuros, o de otros bonos ? Que diferencia hay entre venderlo y aguantarlo hasta el final. Si el bono lo aguanto hasta el final igual se paga por la diferencia entre el costo y el valor par. Se puede aplicar contra la venta de una lete ?
Por mi parte tengo un quebranto por venta de dica, el cual pienso aplicar contra todo, que me llame la afip, para mi todo es renta financiera, que grava el 15% o el 5% de la diferencia entre lo que se invirtió y lo que se termina cobrando por todo concepto.

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mié Abr 10, 2019 2:59 pm
por zequi73
d34a escribió:En general estás sonado. El impuesto cedular está dividido en varios artículos: uno para compraventa, otro para renta, etc. y los quebrantos de uno no se pueden compensar con ganancias de otro (eso aparece explícitamente en la ley). Está claro que la ley está mal hecha.

El decreto de reglamentación te permite zafar restando la renta del 2018 del precio de compra del bono. Pero eso no corre para 2019.

Va un archivito sobre quebrantos que encontré en una web de contadores, bastante claro el tema.

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mié Abr 10, 2019 2:58 pm
por burzatil
fabio escribió:Sol Pérez....una importante analista y economista...te diría que los gráficos no sirven...

Si lo dice Sol me quedo tranquilo :mrgreen:

Este tipo de gráficos no son más que la contabilidad nacional expuesta de una forma fácil de entender y comparar.

Pero como información + pensamiento mata humo, y el humo vende, la mayoría los pasa por alto.

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mié Abr 10, 2019 2:57 pm
por maxx
burzatil escribió:"Bla bla bla deuda, bla bla bla default".

Los gráficos hablan solos:
3.jpg

Del grupo de organismos multilaterales, casi todo se hace roll over. Mucho es Banco Mundial y BID. Solo lo del Club de Paris no tiene roll over. Así que las necesidades de USD son un poco menores.