pik escribió:Coincido con vos Maxx. El tema es que en la aplicación que hicieron, el artículo 95 del decreto está mencionado como ajuste solo para enajenación. Para renta, no habla del artículo 95 sino que habla del artículo 90. Lo que habrá que evaluar de hacer es descontar el total de los intereses directo en el campo por articulo 90 lo del 95 y te quedará en tus papeles de trabajo el nuevo precio para la declaración del año próximo.
Ayer estuve mirando la aplicación y probando una enajenación, no se si alguno lo hizo, pero creo que hay un error en la cuenta que hace el aplicativo. Por ejemplo tenés Valor compra (VC), Valor venta(VV) y intereses art 95 (I95).
Lo logico para calcular la ganancia sería: G=VV-(VC-I95)
Pero el aplicativo te hace G=VV-VC-I95 con lo cual si tenés ganancias te calcula menos y si tenés quebranto es un quebranto mayor. Vean si alguno lo hace , si llega a lo mismo.
Respecto del error en la aplicación para la carga de los datos de enajenación es correcto lo que indicás. Según tengo entendido eso se va a corregir en los próximos días por lo que si vas haciendo tus papeles de trabajo hacelos con los cálculos como indica la ley