Random escribió:AFIP apeló el fallo que autoriza comprar dólares para adquirir vivienda
La AFIP informó que apeló la resolución del Juez Federal de Mar del Plata, Alfredo López, que ordenó al Organismo que otorgue en forma inmediata la correspondiente autorización para la adquisición de las sumas de 16.000 dólares estadounidense para la compra de un inmueble a una pareja marplatense.
Como adelantó Ámbito Financiero en su edición impresa, el organismo que encabeza Ricardo Echegaray fundamentó la interposición de la medida recursiva sosteniendo que "en la actualidad es ilegal adquirir divisas para la compra de inmuebles, situación expresamente prohibida por las Comunicaciones "A" Nros 5318 y 5330 del Banco Central de la República Argentina -salvo la excepción contemplada en dichas normas que no se encuadra en el presente supuesto-".
"Bajo el argumento de la necesidad de adquirir dólares para adquirir una vivienda por parte de los amparistas, se pudo verificar en la documentación obrante en la causa judicial, que los contribuyentes omitieron aportar el boleto de compra venta y/o la respectiva escritura notarial del inmueble", indicaron a través de un comunicado.
Para la AFIP, el hecho podría "dar lugar a una situación ficticia para utilizar la vía del amparo como un medio para el atesoramiento de divisas en forma encubierta, que también se encuentra expresamente prohibido por las regulaciones vigentes".
Además, indicaron, se detectó que existe una inconsistencia en la situación fiscal de los contribuyentes que les imposibilita adquirir las divisas requeridas.
El organismo destacó también que la orden judicial es "de cumplimiento imposible" porque la AFIP "no tiene, y no puede arrogarse la facultad para permitir la adquisición de dólares para la compra de inmuebles, ni a su vez concretarla fácticamente por cuanto se requiere la autorización expresa del BCRA".
"Por estos fundamentos la AFIP considera arbitraria la resolución del Juez, además de señalar que medió una grave omisión del magistrado, tanto al no aplicar las Comunicaciones del BCRA aplicables a este caso concreto, como así también al no haberle dado la intervención que le compete a dicha autoridad monetaria para que ejerza la defensa legal de las mismas. Tampoco el contribuyente agotó la vía administrativa previa, por lo que el juez también arbitrariamente hizo lugar a la acción de amparo obviando el cumplimiento de este requisito esencial", concluyeron.
Esta es buenisima primero te lo niegan ellos y ahora te dicen que ellos no tienen la la facultad jajajjajaj.
Estos estan muy mal y tienen suerte de que los argentinos somos bastantes tranquilos, en otro lado ya se hubiera armado flor de quilombo
