Ante el fallo de Griesa, Economía prepara un último recurso judicial
22-11-12 11:25 El Gobierno hará una presentación extraordinaria ante la Corte de Apelaciones de Nueva York, según fuentes oficiales. Se busca evitar un default técnico, luego del fallo que ordenó pagar a los fondos buitre. Por Carlos Arbía, especial para Cronista.com
Carlos Arbía
Para Cronista.com
Buenos Aires
Luego de conocido el fallo del juez de Nueva York Thomas Griesa, de acuerdo a fuentes oficiales la carta para jugar de Argentina es la presentación de un nuevo recurso llamado “right of certioriari” en la Corte de Apelaciones de Nueva York.
Se trata de una suerte de recurso extraordinario que presentara el gobierno argentino a través de sus agogados del estudio Cleary Gottieb Steen and Hamilton. Esta, según los expertos, es la última instancia judicial que hay en la justicia de los Estados Unidos para que la Argentina evite un posible default técnico luego del fallo de hoy de Griesa.
Griesa falló contra el gobierno argentino pero lo más grave es que ordenó pagar la totalidad del reclamo. Se trata de aproximadamente 1.330 millones de dólares, pero que se actualizarán conforme los intereses exactos devengados, para lo cual los abogados de ambas partes deberán reunirse y acordar dichos montos.
La fórmula de pago es proporcional sobre la base de un pago de un 100 por ciento de lo que se debe. Además urge a la Argentina a “discontinuar las amenazas enfermizas desafiantes de las sentencias y que dicha postura desafiante no solo sería ilegal sino que representaría el peor tipo de irresponsabilidad en su relación con el Poder Judicial”.
Esta es la peor de las alternativas que esperaban las autoridades económicas y le da solo tres días a Argentina para que notifique a las entidades sujetas al embargo y que incluye a BNY, Cede, DTC y los custodios en DRC.
“Los pagos deben efectuarse en una cuenta escrow hasta que los demandantes hagan los cálculos exactos de los intereses devengados” explicita el fallo. También levantó la medida de no innovar y lo más grave es que determinó depositar en una cuenta llamada escrow el total antes del 15 de diciembre y notificó al Bank of New York y a otros intervinientes de los pagos sobre este procedimiento, ordenando el pago total de lo adeudado, esto es el capital original mas intereses devengados.
El juez también dijo que "éste era el resultado justo luego de diez años de litigio."
En su fallo el juez rechaza los argumentos de los bonistas que entraron a los canjes I y II al manifestar que "ellos tuvieron la elección de entrar o no, y que al entrar sabían que otros podían no hacerlo y que algunos estaban litigando y podían obtener sentencias favorables por el total del reclamo y no hay injusticia en este resultado”.
Griesa dice además que “usualmente las medidas cautelares se mantienen durante las apelaciones pero sin embargo han ocurrido circunstancias extraordinarias que claramente requiere acción judicial y Argentina ha recibido un tratamiento justo durante 10 diez años en los cuales ha prevalecido”.
El fallo, según los especialistas, se sustenta en el incumplimiento de la cláusula ‘Pari passu’ y en la negativa de los funcionarios del gobierno argentino incluso de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner de cumplir las eventuales sentencias si estas fueran contrarias.
La interpretación de la cláusula ‘pari passu’ es contraria a la posición del gobierno. En ese sentido el fallo de Griesa dice que "por supuesto que lo que se está haciendo aquí no es literalmente aplicar la Pari Passu Clause, como sería en una situación comercial normal, sino brindar a los demandantes un remedio ante el incumplimiento de dicha cláusula".
Pero también se refiere a que la Ley Cerrojo viola dicha cláusula.
Griesa además rechazó los argumentos de Bank of New York que defendía la posición Argentina al argumentar que el "BNY es una entidad financiera de EE.UU. y por lo tanto está sujeta a la Justicia de NY, independientemente del lugar donde reciben los pagos sea Argentina o los EE.UU. El resto de los pagos ocurren en EE.UU".
Griesa dice que "el Bank of New York se equivocó ya que sus obligaciones contractuales no implican que no deba cumplir con sentencias judiciales que se dicten sobre el procedimiento de pago."
http://www.cronista.com/economiapolitic ... -0101.html