Shakespeare escribió:
Como dijo Criacuervos, tenés los honorarios qeu regula el juez (hay fallo de la Corte que ha mandado las costas por su orden, esto es, por más que ganes el juicio, sos vos el responsable del pago de los honorarios de tu abogado) y los que pactes por "cuota-litis" con tu abogado por separado. No hago previsional, hago civil. Pero entiendo que un 20% por todo concepto entre ambos conceptos está bien. Gastos practicamente no tenés o son mínimos, muy chicos, no te dejes engatusar si te piden algún dinero importante. Tasa de Justicia no pagás. Si vas a contratar los servicios de un abogado, te convendría pactar por escrito y por adelantado que los honorarios a su favor nunca excederían el 20% que por todo concpeto recaude la parte actora en el juicio, sea por capital o por intereses, tanto sea por honorarios regulados judicialmente como los correspondientes a pacto de cuota-litis. Y que si el cobro se pacta en cuotas, el aboggado cobrará con vos tantas cuotas como se hayan pactado (a prorrata).
Muchas gracias por la respuesta tan detallada, muy gentil.