Re: CEPU Central Puerto
Publicado: Jue Ene 18, 2018 8:34 pm
12. Precio de Suscripción Definitivo: Durante el Período de Suscripción, los Accionistas Vendedores, los Colocadores Internacionales y los Colocadores Locales mantendrán una curva de demanda del Precio Ofrecido de las Acciones Existentes en base a las Manifestaciones de Interés. En función de la información contenida en las Manifestaciones de Interés recibidas e ingresadas en el Registro por los Colocadores Internacionales, en la Fecha de Adjudicación, los Accionistas Vendedores, en conjunto con los Colocadores Internacionales, determinarán el Precio de Suscripción Definitivo. Una vez determinado, la Compañía y los Accionistas Vendedores informarán el Precio de Suscripción Definitivo en Dólares Estadounidenses mediante la publicación del Aviso de Resultados durante un (1) Día Hábil en el Boletín Diario de la BCBA, en virtud de la delegación de BYMA, con anterioridad a la Fecha de Liquidación y también se publicará en la página web de la CNV, bajo el ítem “Información Financiera”.
A los efectos de determinar el Precio de Suscripción Definitivo, los Accionistas Vendedores se basarán en estándares de mercado habitual y razonable para operaciones de similares características. Todas las Acciones Existentes que hubieren sido colocadas en virtud de las Manifestaciones de Interés se suscribirán al Precio de Suscripción Definitivo. Los ADS tendrán el mismo Precio de Suscripción Definitivo que las Acciones Existentes, multiplicado por diez.
A los efectos de determinar el Precio de Suscripción Definitivo, los Accionistas Vendedores se basarán en estándares de mercado habitual y razonable para operaciones de similares características. Todas las Acciones Existentes que hubieren sido colocadas en virtud de las Manifestaciones de Interés se suscribirán al Precio de Suscripción Definitivo. Los ADS tendrán el mismo Precio de Suscripción Definitivo que las Acciones Existentes, multiplicado por diez.