pg55555 escribió:Una aclaración, porque parece que hay mucha confusión: Para Bienes Personales (que sería lo que tu mamá pudo haber eludido) no se declara necesariamente el valor de mercado de las propiedades, sino el mayor de a) el valor de compra a valores históricos menos la depreciación (2% por año por la parte edificada, el terreno no deprecia); b) el valor fiscal
Dada la inflación, la opción a) es casi siempre menor que la b), así que en casi todos los casos en los quya hace unos años de la compra, el valor a declarar es el Valor Fiscal.
No se el caso específico, pero en C.A.B.A. el valor fiscal es generalmente muy inferior al valor de mercado. No se el caso de provincia: la casa de mis padres está al 30% del valor de mercado
amigo te falto decir en el caso a) valor de costo actualizado,,,,,,mucha gente por no decir toda toma la valuación fiscal en pcia bs as,,,,,es muchismo mas baja depende de la historia de ese bien......se esta estudiando actualizar las valuaciones fiscales para que entren en vigencia en 2017