gabmartini escribió:Bueno, en resolución:
* Arranca el primero de enero de 2018
* Te cobran al recibir la renta de un bono (u otro instrumento)
* Te cobran al comprar/vender un bono (u otro instrumento)
* NO te cobran por revalorización anual (si no vendés el bono, no tenés que pagar nada)
* NO se sabe si te retiene o lo tenés que pagar a fin de año (lo debería de determinar la reglamentación interna de AFIP)
Estamos todos de acuerdo?
no quedamos que la compra/venta no quedaria gravada?