paisano escribió:DarGom, en cálculo que haces no entiendo porque donde dice:
Computable para RENTA FINANCIERA: 5.804,43 x $ 18,40 / 165,01% = $ 64.724,27
dividís por 165,01, leí la ley pero no encontré en ningún lado algo que diga que haya que hacer eso.
Te agradecería si me lo podes aclarar.
Este es el nuevo texto de la ley de IG donde a partir del articulo 90 se habla del tema.
http://servicios.infoleg.gob.ar/infoleg ... xact.htm#1
La ley ofrece la opción de computar todos los costos de los bonos, etc que uno posee a fin 2107 o tomar la última cotización en ese año.
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