Fijese estimado que si de casualidad tiene algun impedimento ,,no se las transfieren o no se las aceptan ...que se detallan mas abajo
Comunicado N° 11537
Ref.: Oferta Pública de Adquisición Voluntaria de Acciones Ordinarias de Boldt S.A.
Especie N°: 30013
Buenos Aires, 19 de mayo de 2023
Sres. Depositantes
Tengo el agrado de dirigirme a ustedes, a efectos de informarles el mecanismo establecido por esta
Caja de Valores S.A. a los efectos de posibilitar la operatoria de la referencia, autorizada mediante
Resolución del Directorio de la CNV de fecha 10/05/2023 y de conformidad con los términos de la
Oferta fijados en el Prospecto publicado con fecha 17/05/2023.
Los términos del presente no podrán interpretarse como recomendaciones o sugerencias de Caja
de Valores S.A. para orientar de una u otra manera el accionar de los tenedores, ni acerca de la
conveniencia o no de la aceptación de la citada Oferta.
Con tal finalidad los Depositantes podrán, a solicitud de sus comitentes, transferir las Acciones
Ordinarias escriturales de Boldt S.A. (Especie CVSA 30013) a la Subcuenta Comitente, abierta en el
depositante 306 de CVSA, que a continuación detallamos:
Depositante Comitente Denominación
Comitente
306 189111 OPA BOLDT
I) Instrucciones de Transferencia - Período para recibir ofertas
Período para participar en la Oferta: vencerá el día 12 de junio de 2023 a las 20.00 horas.
Destacamos que las transferencias que sean instruidas mediante archivos (TSA) podrán enviarse
hasta el horario habitual de recepción de dichos archivos (19.00 horas).
La subcuenta precitada ha sido declarada de “recepción libre” y sólo se aceptarán transferencias
bajo la modalidad “diferida”.
Importante: a los fines del procesamiento de las instrucciones de transferencia, las Acciones
Ordinarias involucradas deberán encontrarse disponibles, y libres de todo gravamen, bloqueo,
medida cautelar y/o cualquier otra restricción que pudiera afectarlas. En consecuencia, deberán
arbitrarse las medidas que correspondan ante las autoridades que las hubieran ordenado, con
anterioridad al vencimiento de los plazos establecidos para el envío de las ofertas.
Agente Depositario Central de Valores Negociables - Agente de Custodia, Registro y Pago, registrado bajo el N°19 de la CNV F-90822.07
Se destaca que las presentaciones a la Oferta serán irrevocables y no podrán ser retractadas salvo
que ocurra alguno de los supuestos previstos expresamente en los documentos de la Oferta.
II) Restricciones especiales a instrucciones de transferencia.
Adicionalmente a las restricciones habituales establecidas para las instrucciones de transferencia,
se han estipulado controles especiales para esta operatoria. No se aceptarán transferencias con las
siguientes particularidades:
i. cuando la subcuenta emisora corresponda a una subcuenta comitente Nº 3;
ii. cuando la subcuenta emisora corresponda a una Cuenta de Liquidación;
iii. cuando la cuenta emisora corresponda a una Cuenta de Garantía;
iv. cuando la especie transferida no sea una Acción Ordinaria habilitada para la subcuenta
receptora.
III) Acreditación de Derecho/s en la subcuenta comitente emisora
Por cada transferencia de Acción Ordinaria hacia la cuenta Depositante y subcuenta comitente
indicada precedentemente, que Caja de Valores S.A. valide y ejecute, se generará durante el
proceso nocturno un Derecho en la subcuenta comitente emisora, por la misma cantidad de tales
Acciones Ordinarias transferidas. Tal Derecho será la especie de CVSA 26064.
Este crédito representará las Acciones Ordinarias transferidas, y será informado al día siguiente,
juntamente con la información sobre ejecución o rechazo de transferencias.
Sin perjuicio de ello, estos Derechos, que se mantendrán inmovilizados hasta la liquidación final de
la Oferta, tendrán un carácter meramente informativo acerca de la aceptación de la Oferta. Por lo
tanto, no representarán valores negociables, no constituirán el objeto de la Oferta ni implicarán la
aceptación final de la misma.
IV) Liquidación de la Oferta
Una vez que se cumplan con todos los procesos previos y necesarios que se encuentren a cargo del
Oferente, la Caja de Valores S.A. procederá a acreditar los fondos resultantes, según la
disponibilidad de estos y de acuerdo a los términos y condiciones de la Oferta.
A los fines de la liquidación, Caja de Valores S.A. ejecutará los procesos necesarios para debitar los
Derechos descriptos en el punto precedente, y simultáneamente acreditar fondos resultantes.
Caja de Valores S.A.
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Caja de Valores S.A. no asumirá ninguna responsabilidad en caso de omisión, demora o
incumplimiento en la liquidación de la Oferta, cuando dicha omisión, demora o incumplimiento esté
originada en la falta de disponibilidad efectiva de la totalidad o de parte de los fondos en tiempo
oportuno para proceder a la liquidación de la Oferta, de acuerdo con lo previsto en los términos de
esta.
Importante: Será responsabilidad de cada Depositante el cumplimiento de los requisitos
estipulados en la presente operatoria; razón por la cual Caja de Valores S.A. no asumirá
responsabilidad alguna ante rechazos de instrucciones que hubiesen sido cursadas bajo
modalidades o plazos diferentes a las informados en el presente comunicado.
Los términos del presente no podrán interpretarse como recomendaciones o sugerencias de Caja
de Valores S.A. para orientar de una u otra manera el accionar de los tenedores, ni acerca de la
conveniencia o no de la aceptación de la citada Oferta.
Sin otro particular los saluda atentamente,