Yo no entre a mirar pero como largaron las tablas de valuación, pienso que ya se debe poder.
https://www.iprofesional.com/impuestos/ ... nales-2021
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EJS escribió: ↑ Estimados , una consulta para un amigo que no le supe responder . Tiene una casa en alquiler por un valor de $32000 , es monotributista B y esta es su única facturación , paga $550 /mes . Por el lado de Ingresos Bruto ARBA hace retenciones y percepciones variables en todo el movimiento bancario
le dijeron que se meta en el régimen simplificado del monotributo pero tiene un monto de dudas
1- debe pagar lo mismo que paga ahora $550 o esto + algo mas
2-el monto a pagar es constante o varia con la facturación mensual
3- es correcto que el régimen simplificado no requiere hacer presentaciones mensuales de monotributo e ingresos brutos
4. es correcto que en el régimen simplificado no hacen la retenciones y percepciones
5. en función que solo tiene esta facturación hay alguna desventaja estar en el régimen simplificado
6. en función que solo tiene esta facturación hay algun cuidado por estar en el régimen simplificado
7. por ultimo le conviene pasarse al régimen simplificado
gracias por la ayuda de antemano
ironhide escribió: ↑ Anticipos de 2021 que vence en 2022 revisa si con el cambio del minimo seguirias pagando, deberias pedir reduccion de anticipos via cuentas tributarias.
Lo unico que se puede hacer cuando pagas bienes y no estas teniendo retenciones de ganancias es esperar a la ddjj de bienes y cargar ahi las retenciones. Luego solo se pueden usar para pagar ese impuesto y cuando te sobre plata, queda en ese limbo no encontré forma de pedir devolucion luego.
ElCorredorX escribió: ↑ Buenos días! hago unas consultas a ver si me pueden ayudar, fui a la oficina de AFIP y la que me atendió no tenía idea de las siguientes preguntas (triste).
Es por el impuesto del 35% RG4815 del anticipo de ganancias y bienes personales. En el periodo 2021, con el aumento del minimo imponible deje de pagar ganancias, el tema es que bienes personales si lo tengo que pagar. Resulta que me llego una intimación por no pagar los anticipos de bienes personales 2021 (a liquidar este año) pero tengo más de 90 mil pesos que me retuvieron el año pasado por este anticipo de mie***. No encuentro forma de compensarlo. Si bien cargue la consulta en afip a ver que me dicen, ni ellos saben. Todo lo que pude encontrar es que lo puedo usar para compensar bienes personales pero no habla nada de los anticipos.
Por otra parte, me faltan unas 60 lucas de que me aparezcan de consumos con tarjeta que hice con otro banco en ese periodo (consumi afuera con dos bancos, los que hice con el Galicia ya me aparecieron pero con el ITAU nada). Para cargarlo manualmente, debo hacerlo desde el SIRADIG? (pregunto esto porque como dije al principio ahora no estoy pagando ganancias, antes lo hacía ahi) o desde otra parte?
Desde ya muchas gracias
Saludos
EJS escribió: ↑ Estimados , una consulta para un amigo que no le supe responder . Tiene una casa en alquiler por un valor de $32000 , es monotributista B y esta es su única facturación , paga $550 /mes . Por el lado de Ingresos Bruto ARBA hace retenciones y percepciones variables en todo el movimiento bancario
le dijeron que se meta en el régimen simplificado del monotributo pero tiene un monto de dudas
1- debe pagar lo mismo que paga ahora $550 o esto + algo mas
2-el monto a pagar es constante o varia con la facturación mensual
3- es correcto que el régimen simplificado no requiere hacer presentaciones mensuales de monotributo e ingresos brutos
4. es correcto que en el régimen simplificado no hacen la retenciones y percepciones
5. en función que solo tiene esta facturación hay alguna desventaja estar en el régimen simplificado
6. en función que solo tiene esta facturación hay algun cuidado por estar en el régimen simplificado
7. por ultimo le conviene pasarse al régimen simplificado
gracias por la ayuda de antemano
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