Hola abeja gracias por lo del cuadro, con respecto al articulo hay un error numérico, donde dice que la ciudad espera recaudar 500.000 millones de dolares anuales, con eso arreglamos la deuda de los bonistas, del Fmi, y de todos los habitantes de esta querida tierra argentina.
BOLT Boldt
Re: BOLT Boldt
Hola abeja gracias por lo del cuadro, con respecto al articulo hay un error numérico, donde dice que la ciudad espera recaudar 500.000 millones de dolares anuales, con eso arreglamos la deuda de los bonistas, del Fmi, y de todos los habitantes de esta querida tierra argentina.
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el aprendiz
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ArturosBull
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Re: BOLT Boldt
Blabla2222 escribió: ↑ Hay alguna manera mística de que el papel suba solo porque en el foro ponen flechitas para arriba?
Somos las hormigas Sr. Blabla,... somos las hormigas....
Re: BOLT Boldt
licantropus escribió: ↑ No me digas Don chipi1!!! Adelanteme por este medio la foto por favor ni bien lo tenga y acá lo espero cuando quiera que será bien recibido!!!
Licantropus, acá te envío la foto del cuadro
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Blabla2222
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Re: BOLT Boldt
Hay alguna manera mística de que el papel suba solo porque en el foro ponen flechitas para arriba?
Re: BOLT Boldt
Tenga muy buenas noches estimado ,estimado Sr ArturosBull ,,gracias ,,cada tanto es bueno refrescar ,,para que no se olviden,,que BOLDT tiene estos condimentos que cuando salgan,,,,el precio puede ser el premio aquellos que supieron valorar ,,estos precios que hoy BOLDT vale ,,hoy BOLDT tendria que estar sin licencia ,, entre $38 y $45 y esta $3,80 y $4,20
Re: BOLT Boldt
fijense las consultas que le manifiestan los abogados a la direccion juridica legal del instituto provincial de loteria ,,,por eso,,no es tan facil la salida aun ,,pero en cualquier momento acelerannn,,,,,por eso hay elefantes juntando MUUUUUUUCHAS BOLDT en sus BOLDT.SILLIOS señores hay millones en juego !!!!
por eso ESTAS INFO ,,son muy importantes ,,por ejemplo recien cite ,,15 años seria el contrato ,,y aqui le consultan ,,que especifique ,,cuando hay extincion del contrato,,,,,
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ArturosBull
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Re: BOLT Boldt
javi escribió: ↑ NO se olviden,,,,un,,,dia ,,,un,,,dia presten atencion 15 años es el contrato![]()
G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S
2019 - Año del centenario del nacimiento de Eva María Duarte de Perón
Disposición
Número:
Referencia: 2319-54349/2019 CASSAVA ENTERPRISES (Gibraltar) LIMITED - BOLDT S.A.
Re: BOLT Boldt
NO se olviden,,,,un,,,dia ,,,un,,,dia presten atencion 15 años es el contrato
G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S
2019 - Año del centenario del nacimiento de Eva María Duarte de Perón
Disposición
Número:
Referencia: 2319-54349/2019 CASSAVA ENTERPRISES (Gibraltar) LIMITED - BOLDT S.A.
VISTO el DECTO-2019-181-GDEBA-GPBA, mediante el cual se Reglamenta la Ley Nº 15.079 que
regula el desarrollo de juego bajo la modalidad on line, aprueba como Anexo II el Régimen General de
Convocatoria; la RESOL-2019-790-GDEBA-IPLYCMJGM, la RESOL-2019-791-GDEBA-IPLYCMJGM,
y la RESOL-2019-1043-GDEBA-IPLYCMJGM;
-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
.y CONSIDERANDO: Que mediante el dictado de la Ley Nº 15.079 Título VIII, se estableció la regulación
de la actividad de juego on line, en sus distintas modalidades, medios electrónicos, informáticos,
telemáticos e interactivos, en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires con el fin de garantizar la
protección del orden público, erradicar el juego ilegal y salvaguardar los derechos de los participantes en los
juegos;
----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Que mediante DECTO-2019-181-GDEBA-GPBA, se aprobó como Anexo I la reglamentación del Título
citado y como Anexo II el Régimen General de Convocatoria para el otorgamiento de hasta siete (7)
licencias por el plazo de quince (15) años, no prorrogables;
Que el procedimiento de convocatoria para el otorgamiento de las licencias, debe desarrollarse de
conformidad a los principios de Razonabilidad, Concurrencia, Publicidad, Igualdad, Libre competencia,
Economía y Transparencia;
Que en virtud de lo expuesto en el Artículo 3º del citado Anexo II, todo aquel interesado en participar de la
Convocatoria deberá inscribirse previamente en el Registro de Aspirantes a Licenciatario;
Que a tal efecto, el Instituto Provincial de Lotería y Casinos en carácter de Autoridad de Aplicación, dictó
la RESOL-2019-790-GDEBA-IPLYCMJGM y aprobó las Condiciones para el funcionamiento del Registro
de Aspirantes a Licenciatario;
Que con posterioridad a ello, dictó la RESOL-2019-1043-GDEBA-IPLYCMJGM mediante la que autorizó
el llamado a Convocatoria para el otorgamiento de las licencias, aprobó las Bases y Condiciones
Particulares, y estableció el día, hora y lugar de recepción de las propuestas para el 25 de Junio de 2019 a
las 11:00 horas en la Sala de Reuniones de Presidencia del Instituto; Que abierta la inscripción al Registro
de Aspirantes a Licenciatario, con fecha 13 de Mayo de 2019, el postulante -UTE- integrado por las
Personas Jurídicas denominadas “CASSAVA ENTERPRISES (GIBRALTAR) LIMITED – BOLDT S.A”
requirió su inscripción;
Que a tal efecto, presentó la documentación exigida en el Anexo I Artículo 3° y 4° de la RESOL-2019-
790-GDEBA-IPLYCMJGM, asumiendo el debido compromiso de constituirse bajo la modalidad de Unión
Transitoria de Empresas;
Que analizada la presentación efectuada, la Dirección Jurídico Legal consideró necesario requerir al
postulante la documentación faltante en un plazo de cinco (5) días hábiles bajo apercibimiento de proceder
a su archivo sin inscripción, en los términos del Artículo 8° de la referida Resolución;
Que habiéndose presentado dicha documentación en legal tiempo y forma, y encontrándose
cumplimentados todos los extremos requeridos en la RESOL-2019-790-GDEBA-IPLYCMJGM resulta
conducente su inscripción;
Que el presente acto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 4° de la Carta Orgánica
del Instituto Provincial de Lotería y Casinos aprobadas por el Artículo 2° y 3° del Decreto N° 1170/92 y
sus modificatorias, la Ley N° 15.079 y su Decreto Reglamentario N° DECTO-2019-181-GDEBA-GPBA;
Por ello,
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE JUEGOS Y EXPLOTACIÓN
DEL INSTITUTO PROVINCIAL DE LOTERIA Y CASINOS
DISPONE
ARTICULO 1º. Modificar el artículo 1° de la DI-2019-510-GDEBA-DPJYEIPLYC por el
siguiente: Inscribir al “Registro de Aspirantes a Licenciatario” al postulante -UTE- integrado por las
Personas Jurídicas “CASSAVA ENTERPRISES (Gibraltar) LIMITED – BOLDT
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2019 - Año del centenario del nacimiento de Eva María Duarte de Perón
Disposición
Número:
Referencia: 2319-54349/2019 CASSAVA ENTERPRISES (Gibraltar) LIMITED - BOLDT S.A.
VISTO el DECTO-2019-181-GDEBA-GPBA, mediante el cual se Reglamenta la Ley Nº 15.079 que
regula el desarrollo de juego bajo la modalidad on line, aprueba como Anexo II el Régimen General de
Convocatoria; la RESOL-2019-790-GDEBA-IPLYCMJGM, la RESOL-2019-791-GDEBA-IPLYCMJGM,
y la RESOL-2019-1043-GDEBA-IPLYCMJGM;
-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
.y CONSIDERANDO: Que mediante el dictado de la Ley Nº 15.079 Título VIII, se estableció la regulación
de la actividad de juego on line, en sus distintas modalidades, medios electrónicos, informáticos,
telemáticos e interactivos, en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires con el fin de garantizar la
protección del orden público, erradicar el juego ilegal y salvaguardar los derechos de los participantes en los
juegos;
----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Que mediante DECTO-2019-181-GDEBA-GPBA, se aprobó como Anexo I la reglamentación del Título
citado y como Anexo II el Régimen General de Convocatoria para el otorgamiento de hasta siete (7)
licencias por el plazo de quince (15) años, no prorrogables;
Que el procedimiento de convocatoria para el otorgamiento de las licencias, debe desarrollarse de
conformidad a los principios de Razonabilidad, Concurrencia, Publicidad, Igualdad, Libre competencia,
Economía y Transparencia;
Que en virtud de lo expuesto en el Artículo 3º del citado Anexo II, todo aquel interesado en participar de la
Convocatoria deberá inscribirse previamente en el Registro de Aspirantes a Licenciatario;
Que a tal efecto, el Instituto Provincial de Lotería y Casinos en carácter de Autoridad de Aplicación, dictó
la RESOL-2019-790-GDEBA-IPLYCMJGM y aprobó las Condiciones para el funcionamiento del Registro
de Aspirantes a Licenciatario;
Que con posterioridad a ello, dictó la RESOL-2019-1043-GDEBA-IPLYCMJGM mediante la que autorizó
el llamado a Convocatoria para el otorgamiento de las licencias, aprobó las Bases y Condiciones
Particulares, y estableció el día, hora y lugar de recepción de las propuestas para el 25 de Junio de 2019 a
las 11:00 horas en la Sala de Reuniones de Presidencia del Instituto; Que abierta la inscripción al Registro
de Aspirantes a Licenciatario, con fecha 13 de Mayo de 2019, el postulante -UTE- integrado por las
Personas Jurídicas denominadas “CASSAVA ENTERPRISES (GIBRALTAR) LIMITED – BOLDT S.A”
requirió su inscripción;
Que a tal efecto, presentó la documentación exigida en el Anexo I Artículo 3° y 4° de la RESOL-2019-
790-GDEBA-IPLYCMJGM, asumiendo el debido compromiso de constituirse bajo la modalidad de Unión
Transitoria de Empresas;
Que analizada la presentación efectuada, la Dirección Jurídico Legal consideró necesario requerir al
postulante la documentación faltante en un plazo de cinco (5) días hábiles bajo apercibimiento de proceder
a su archivo sin inscripción, en los términos del Artículo 8° de la referida Resolución;
Que habiéndose presentado dicha documentación en legal tiempo y forma, y encontrándose
cumplimentados todos los extremos requeridos en la RESOL-2019-790-GDEBA-IPLYCMJGM resulta
conducente su inscripción;
Que el presente acto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 4° de la Carta Orgánica
del Instituto Provincial de Lotería y Casinos aprobadas por el Artículo 2° y 3° del Decreto N° 1170/92 y
sus modificatorias, la Ley N° 15.079 y su Decreto Reglamentario N° DECTO-2019-181-GDEBA-GPBA;
Por ello,
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE JUEGOS Y EXPLOTACIÓN
DEL INSTITUTO PROVINCIAL DE LOTERIA Y CASINOS
DISPONE
ARTICULO 1º. Modificar el artículo 1° de la DI-2019-510-GDEBA-DPJYEIPLYC por el
siguiente: Inscribir al “Registro de Aspirantes a Licenciatario” al postulante -UTE- integrado por las
Personas Jurídicas “CASSAVA ENTERPRISES (Gibraltar) LIMITED – BOLDT
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Re: BOLT Boldt
cuando ves ciertos indicadores tradicionales como "estocastico", "rsi", "adx", "dmi", etc, etc, etc,..... ves como los "anticuerpos" PURULAN por BOLDT!!! jajajaja
(que bueno se está poniendo esto!!
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