Aquiles07 escribió: ↑ Hola Lucía:
1) Para responderte bien, deberías aclarar a qué jurisdicción o lugar que hiciste el PF y las actividades de las personas. Y si son o no clientes de ese Banco (por lo que decís que les exigen abrir caja de ahorros, entiendo que hicieron plazo fijo como NO clientes). Además asumo por lo que decís que una de las personas tiene un negocio (comercio).
Bueno, es un poco largo de explicar, pero existe un sistema que se llama SIRCREB, que agrupa a todas las jurisdicciones del país para el cobro del impuesto sobre los ingresos brutos. https://www.ca.gov.ar/resultados/sistem ... el-sircreb.
Este sistemita nefasto, tiene un padrón donde aparecen las personas con algún incumplimiento fiscal (sea ingresos brutos, el principal o sea de Rentas también)...y eso provoca las retenciones en los sistemas de ctas ctes, caja de ahorros). POR ERROR Y RAZONES QUE LOS BANCOS DESCONOCEN, EMPEZARON A EFECTUARSE TAMBIÉN RETENCIONES A LAS ACREDITACIONES DE PLAZO FIJO, QUE ESTÁN TAXATIVAMENTE EXCLUIDAS. Los bancos no hacen nada, reciben la instrucción por sistema, hacen la retención y la depositan...ni saben, ni se enteran.
Mi consejo: Vas a tener que ir a ARBA y hacer el reclamo....seguramente, te hagan hacer el trámite via web, para ver que te lo devuelvan y no te retengan más (el padrón se actualiza mensualmente, y las bajas se procesan a los 60 días de arreglado el asunto...mientras, te siguen reteniendo).
Ahora bien, si la otra persona tiene negocio y paga ingresos brutos mensualmente....lo más fácil, es tomárselo a cuenta de dicho tributo y vualá.
2) Si, por supuesto que hay problema para hacer lo que decís. Hay que ver el monto, por supuesto. Si la persona tiene actividad comercial y montos de ventas con movimientos bancarios significativos...te diría que no va a pasar nada. Se justifica ese depósito como recurrente. Ahora, si haces caer el plazo fijo a la caja de ahorros, te llevás los dólares (asumamos, más de 5 mil) los llevas a la cueva y traes XX cantidad de pesos, los depositás de la nada....eso al banco le va a aparecer como una ROS (operación sospechosa de lavado). El banco no vincula esas operaciones como que te hiciste la diferencia y listo. Es una operación punible por ley penal cambiaria.
Para hacer eso...o le llevás los verdes al de la concesionaria (mientras saboreas un rico café o whisky, peleando el precio)...o le decís la movida y la haces en la concesionaria...le depositás derecho en la cuenta...la movés con varios depósitos. Se charla.
Espero haberte ayudado. Saludos.
Completísima tu explicación, muchas gracias Aquiles07.
1=El tio y el sobrino tienen un PF presencial en un banco donde el tío cobra su jubilacion (PF: dinero de ahorro de su jubilacion, Banco de la Prov.de Sta Fe), el sobrino YA NO TIENE NEGOCIO desde hace 7 años, pero NUNCA pudo dar de baja Ingresos Brutos y como vos pusiste más arriba, ante cualquier movida lo agarra el SIRCREB que le descuenta y como vos decis, el banco solo aplica la barrida del sistema Sircreb maldito.
Hasta ahora venían haciendo PF presencial,y con esta modalidad no había "deposito" y tampoco retención, era una renovación de papeles. Ahora, en el banco ya no hacen ese tipo de modalidad por eso le ofrecieron abrirle otra caja de ahorro al titular: el tio y como cotitular: el sobrino , y hacer en esa Caja de Ahorro el PF, ya que en la cuenta sueldo no puede haber 2 titulares.
El sobrino ya tuvo retenciones por otro plazo fijo, por eso la pregunta si al segundo cotitular también lo afectaba, pero veo que si. TENDRA QUE CONTRATAR A MADRAKE para obtener la BAJA de Ingresos Brutos.
2: Entendido lo del ROS, yo también considero que es como vos decis. Aconsejaré que lo charle en la agencia, aunque están muy agrandados, porque hay demanda y no tienen autos y se hacen los dificiles, jaa
Saludos y gracias